RESOLUCION 2202/2006
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Normas sanitarias para la práctica del tatuaje y/o perforación corporal - body piercing. Aprobación del manual de procedimientos.
del 18/09/2006; Boletín Oficial 18/12/2006.

Visto el expediente 3344-D.06-77770, en el cual se eleva para su aprobación el Manual de Procedimientos para práctica de tatuajes y perforación corporal, conforme lo establece la Ley N° 7434,
Por ello, en razón de lo aconsejado por la Dirección de Regulación y Control de Servicios de Salud y lo dictaminado por Asesoría Letrada,
El Ministro de Salud resuelve:

Artículo 1° - Aprobar el Manual de Procedimientos para Práctica de Tatuajes y Perforación Corporal, conforme lo establece la Ley N° 7434, según detalle en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Art. 2° - Comuníquese, etc.
Calletti.

ANEXO
Manual de Normas Sanitarias para Práctica de Tatuaje y Perforación Corporal
Objetivos Generales
Establecer Normas de Trabajo para Establecimientos donde se realizan tatuajes y/o perforación corporal (Body Piercing).
Proteger la salud de los usuarios y de los trabajadores de la actividad.
Capítulo 1:
Planta Física e Higiene de los Establecimientos
1.1 Planta Física: El Establecimiento deberá contar con las siguientes áreas de trabajo
Recepción y espera superficie mínima de 4.5 mts 2, con un lado mínimo de 1.5 mts
Area de trabajo (tatuajes y piercing); superficie mínima de 6 mts 2 con un lado mínimo de 1.7 mts con una flexibilidad del 10% en la superficie y/o lado contará además con una pileta de lavado y mesada.
Sanitario con inodoro y lavatorio.
Asegurará la privacidad de las prácticas que se realicen en cada cliente.
Deberá tener el V° B° del Dpto. de Obras Privadas otorgada por autoridad Municipal correspondiente, donde conste la Habilitación para este rubro.
Los pisos de los locales serán de material cerámico, liso, no poroso y resistentes al lavado con hipoclorito de sodio.
Las paredes estarán revestidas en materiales lisos, no porosos y resistente al lavado, por ej. con azulejos y/o pintura al aceite hasta 1.80 contados desde el suelo, El cieloraso será liso.
Contará con buena iluminación.
1.2 Higiene de los Establecimientos:
1 Protección Personal:
El personal a cargo de la higiene de los locales deberá colocarse guantes de uso doméstico y delantal plástico.
2 Mobiliario y pileta de lavado
Mantenga el Sector con el mobiliario estrictamente indispensable. Elimine cajas, muebles y elementos ajenos a la actividad.
Diariamente, previo a comenzar la jornada laboral, al concluir la actividad y siempre que haya podido ser contaminada con sangre y fluidos corporales realice la limpieza del mobiliario y pileta del lavado.
Frote el mobiliario y piletas de lavado con rejilla embebida en agua y detergente.
Enjuague con rejilla embebida en agua limpia.
Desinfecte utilizando un paño embebido en solución de hipoclorito de sodio al 1% (lavandina) recién preparada, por la progresiva pérdida de actividad. Para ello, coloque 10 ml de lavandina en un litro de agua.
3. Pisos y Zócalos:
Diariamente, previo a comenzar la jornada laboral, al concluir la actividad, y siempre que haya podido ser contaminada con sangre y fluidos corporales, efectúe la limpieza de pisos con trapo de uso exclusivo para ese sector.
Llene un balde con agua limpia, tibia y detergente
Limpie la superficie vigorosamente con un trapo de piso embebido en solución de detergente.
Enjuague con agua limpia pasando el mismo trapo por las superficies.
Enjuague el balde y trapos utilizados. Deje secar los baldes boca abajo, con los trapos extendidos.
Lávese las manos antes y después de este procedimiento previo al retiro de los guantes.
Deseche el contenido líquido de los baldes por la pileta de patio o por el inodoro. No lo elimine por la pileta del lavado de manos bajo ningún aspecto.
4. Baños:
En cada turno de trabajo, efectúe la limpieza del baño utilizando elementos exclusivos para este sector.
Limpie el lavatorio con rejilla embebida en agua y detergente.
Enjuague con rejilla embebida en agua limpia.
Desinfecte utilizando un paño embebido en solución de hipoclorito de sodio al 1% (lavandina). Para ello, coloque 10 ml de lavandina en un litro de agua.
Capítulo 2:
Procedimiento de tatuaje y o perforación corporal
2.1 Protección Personal
El personal a cargo de la realización de tatuajes y o perforaciones corporales deberá contar con:
Vacunación contra Hepatitis B y tétanos Deberá utilizar durante todo el procedimiento:
Guantes de látex o de cloruro de polivinilo (descartables y estériles).
Ambo de uso exclusivo
Barbijo descartable
Gorro o Cabello recogido
Precauciones:
El tatuador o colocador de piercing deberá abstenerse de realizar estas prácticas cuando presente cortes, heridas, quemaduras u otras lesiones de naturaleza infecciosa o inflamatoria hasta su total curación. No obstante podrá utilizar un vendaje impermeable cuando éstas sean pequeñas. No fumar, comer o beber en las áreas de trabajo y de preparación del material.
Queda prohibida la entrada de animales al área de trabajo, como de personas ajenas a la actividad.
No se realizará el lavado de material utilizado en esta práctica, simultáneamente con la realización de procedimientos tatuajes y lo piercing, en los locales que comparten la misma área.
2.2 Lavado de Manos
Objetivo:
Disminuir el traspaso de material infectante de un individuo a otro y cuyo propósito es la reducción continua de la flora residente y desaparición de la flora transitoria de la piel.
El lavado de manos elimina la mayor parte de los contaminantes patógenos.

2.3 Preparación de la piel:
1. Antes del procedimiento lávese las manos de acuerdo a la técnica descripta como "lavado mediano"
2. Si corresponde, rasure estrictamente el área a tatuar, con máquina descartable. Tenga en cuenta que el rasurado aumenta el riesgo de infección.
3. Limpie la zona a tatuar con jabón antiséptico (gluconato de clorhexidina, triclosan o iodopovidona) embebido en una gasa estéril. Friccione la zona efectuando movimientos concéntricos desde adentro hacia afuera. Alternativamente reemplace el producto mencionado por jabón líquido, enjuague y friccione posteriormente con gasa embebida en alcohol etílico de 70°.
4. Enjuague con gasa estéril embebida en agua estéril.
5. Seque con gasa estéril efectuando movimientos concéntricos desde adentro hacia fuera.
2.4 Manipulación de tintas:
Las tintas y pigmentos deberán ser aptas para su uso en tatuaje o en micropigmentación en humanos.
Una vez concluido el procedimiento del tatuaje, descarte el remanente de tinta.
Capítulo 3:
Esterilización del material
Reprocesamiento de materiales utilizados en la práctica.
Los materiales (como piercing), aparatos y maquinarias que entren en contacto, atraviesen o penetren la piel, las mucosas u otros tejidos, deberán ser estériles, de un solo uso o reprocesarse de acuerdo a la Guía Provincial de Normas de Esterilización resolución 481/97 del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza o Norma vigente a la fecha, Resolución 209/96 del Ministerio de Salud de la Nación y Resolución 387/04 Ministerio de Salud de la Nación.
Deberá cumplirse con los siguientes requisitos mínimos:
3.1 Lavado de materiales, aparatos y maquinarias Tiene como objetivo eliminar sangre, fluidos orgánicos y sustancias químicas (ej. tintas) de los mismos.
Procedimiento
1. Prepare la solución de detergente enzimático de uso médico en batea plástica destinada para tal fin diluido de acuerdo a las recomendaciones del fabricante del detergente. No utilice temperaturas superiores a 50°C.
2. Elimine las puntas de agujas y otros elementos corto punzantes en descartador rígido.
3. Desarticule los elementos para permitir una limpieza efectiva, interna y externa (puntera, limbares).
4. Sumerja completamente los materiales para que toda la superficie interna y externa tome contacto con la solución de detergente, inmediatamente después de haber sido utilizados.
5. Transcurrido como mínimo el tiempo de contacto establecido por el fabricante del detergente enzimático, friccione suavemente con cepillo de cerdas blanda la superficie de los materiales a lavar, con el objeto de facilitar el desprendimiento de las secreciones orgánicas. No use productos abrasivos.
6. Enjuague con abundante cantidad de agua corriente por el interior y exterior del equipo.
7. Seque utilizando paño limpio inmediatamente posterior al lavado, para evitar la re-contaminación.
8. El Clipcord y el Demógrafo deberán ser higienizados con un paño húmedo.
9. Descarte la solución de detergente enzimático cada vez que se encuentre microscópicamente sucia y luego de cada turno de trabajo.
3. 2 Envoltorio:
Tiene como objetivo:
Conservar la esterilidad. Actuar como barrera microbiológica para evitar la contaminación posterior al proceso de esterilización.
Proteger del ingreso de polvo y microorganismos.
Proteger contra los daños durante su manipulación, procesado, transporte y almacenamiento.
Los envoltorios deberán sellarse en forma hermética por Ej.: a través de termosellado.
Envoltorios aptos: papel Kraft blanco de 60 gr/m2, bolsas de papel kraft, papel crepado 55- 60 gr/m2, telas no tejidas de polipropileno, pouch de papel y laminado plástico de polipropileno / poliester.
Envoltorios no aptos: tambores metálicos, papel de diario, papel reciclado (papel sulfito o madera), telas tejidas.
3.3 Esterilización:
Sólo se aceptará métodos de esterilización validables, reconocidos internacionalmente como tales, aprobados por la legislación nacional y provincial.
Los métodos reconocidos son:
Calor Húmedo: en Autoclaves a Vapor con secado incorporado. Uso: para material termoresistente como textil, instrumental de acero inoxidable, y algunos materiales poliméricos o plásticos.
Se trabajará a 121° C como mínimo durante 30 minutos o 134° C durante 18 minutos.
Calor Seco: en Esterilizadores por Calor Seco.
Uso: para instrumental cromado y soluciones oleosas.
Se trabajará a 170° C durante 2hs adicionales al, tiempo de calentamiento de cámara.
Para aquellos materiales que no resistan procesos térmicos, podrá optarse por esterilización por Oxido de Etileno, Plasma de Peróxido de Hidrógeno o Vapor a Baja Temperatura con Formaldehído.
3.4 Controles: a cumplimentar en el proceso de esterilización
Físicos.
Instrumentos del esterilizador que permiten conocer y registrar las variables críticas del proceso: humedad, temperatura, ausencia de aire, tiempo de exposición, concentración del agente esterilizante. Para ello se utiliza manómetro, manovacuómetro, termómetro, registradores gráficos, termocupla, vacuómetro.
Químicos:
Sustancias químicas contenidas en un soporte que reaccionan como un índice calibrado y definido cambiando de color o aspecto, cuando entran en contacto con una o más variables críticas del ciclo. De esta manera se utilizan para evaluar el cumplimiento de uno o más parámetros de los procesos de esterilización (concentración del agente esterilizante, temperatura, humedad, tiempo de exposición, otros).
Frecuencia:
Cada unidad o paquete deberá llevar adherido un indicador químico de proceso o clase l, correspondiente al método de esterilización.
Cada ciclo deberá ser monitoreado con un indicador químico integrador, que deberá adjuntarse al registro del proceso.
Biológicos:
Son esporas bacterianas altamente resistentes al sistema de esterilización.
El inóculo se encuentra en una elevada concentración de 106 unidades formadoras de colonia, por tira de papel.
Frecuencia:
Calor húmedo: Geobacillus stearothermphilus, semanalmente
Calor Seco: Bacillus atrophaeus, semanalmente
Oxido de Etileno: Bacillus atrophaeus, en cada ciclo
Vapor a Baja Temperatura con Formaldehído: Geobacillus stearothermphilus , en cada ciclo Plasma de Peróxido de Hidrógeno: Geobacillus stearothermphilus, en cada ciclo
3.5 Almacenamiento:
Los materiales esterilizados deben ser almacenados en armarios cerrados, higiénicos, frescos y secos.
Evite la manipulación innecesaria de todos los materiales esterilizados
3. 6 Mantenimiento de Esterilizadores:
Será realizado por un servicio técnico competente, habilitado, con la periodicidad recomendada por el fabricante, con un registro que documente el mismo.
3.7 Esterilización por terceros
En aquellos casos donde se contrate el Servicio de Esterilización a terceros, se exigirá:
Contrato con la empresa de esterilización habilitada
Que el material se encuentre rotulado con: nombre de la Empresa, Método de Esterilización, Lote y Fecha de esterilización
Copia del registrador emitido por el esterilizador del lote en el cual fueron esterilizados los materiales.
Copia del informe del resultado del indicador biológico utilizado para monitorear el ciclo, con número de lote de esterilización, fecha, datos del indicador biológico, resultados y firma del responsable el monitoreo.
La documentación deberá ser archivada.
Capítulo 4:
Materiales utilizados para piercing
Para realizar la perforación primera puesta, se utilizarán piercing, de titanio o acero quirúrgico 316 L
Una vez verificada la cicatrización del lugar de la perforación, recién se podrá reemplazarse por oro 18 o plata 925, u otro material hipoalergénico
Capítulo 5:
Manejo de residuos
Objetivo:
Prevenir la exposición e inoculación accidental con agentes infecciosos de los tatuadores y la comunidad.
Los residuos patogénicos, dada la peligrosidad que revisten por el riesgo microbiológico, es necesario procesarlos y eliminarlos de acuerdo a lo establecido por las normas legales en vigencia, Ley Provincial 7168 y su decreto reglamentario 2108/05.
Deberán registrarse como Generadores de Residuos Patogénicos en el Ministerio de Salud.
Residuos Comunes: aquellos asimilables a los residuos domiciliarios. Ej: papeles, cartones, toallas utilizada para el lavado de manos, frascos vacíos.
Se almacenan en Bolsas Color Negro, impermeables, de polietileno, resistentes al peso que deban soportar, con espesor mínimo de 69 micrones y que permita el fácil cerrado hermético y transporte.
Residuos Patogénicos: son aquellos que revisten la característica de ser real o potencialmente reservorios o vehículos de microorganismos patógenos o sus toxina. Ej.: elementos punzocortantes como agujas, hojas de bisturí, cuchillas, sierras, catéteres, etc., con o sin fluidos orgánicos.
Los Elementos Punzo-cortantes deberán colocarse en descartadores de paredes rígidas diseñados exclusivamente a tal uso. Ubicados en el sector de mayor proximidad al área donde se está realizando el procedimiento.
Queda terminantemente prohibida la utilización de otro tipo de envases rígidos o semi-rígidos (botellas de vidrio o plástico u otros) para el almacenamiento de elementos punzo-cortantes.
Los residuos patogénicos y los descartadores de paredes rígidas se eliminaran en bolsas de color rojo de 120 micrones.
Capítulo 6:
Registro de actividades
I Esterilización de materiales utilizados en la práctica: Se llevará un registro foliado donde conste, según correspondan las planillas anexas 1, 2, 3 y/o 4.
II Mantenimiento de los esterilizadores, donde conste: nombre del proveedor, fecha de mantenimiento, trabajo realizado
III. Consentimiento Informado. Deberán ser numerados en original y copia para el cliente. Los formularios se retirarán exclusivamente del Departamento de Recursos Físicos del Ministerio de Salud y deberán ser conservados por el plazo de ley (5 años), en el establecimiento donde se realizó la práctica o su sucedáneo, siendo los mismos de carácter reservado.
Capítulo 7:
Tasas y sanciones
7.1 Tasa de permiso de habilitación: Tendrá un valor equivalente a 100 $, incluye dos inspecciones. De ser necesario más inspecciones, éstas serán aranceladas según el siguiente criterio: I= 25*(N-2), donde I es la tasa a cobrar en pesos y n es un número entero, Positivo, que representa la cantidad de inspecciones totales realizadas que no puede ser menor a 2.
7.2 Sanciones (art. 14 ley 7434) Las penalidades a aplicar consisten en a) Apercibimiento, b) Multas, c) Inhabilitación, d) Clausura total o parcial, temporaria o definitiva, en forma individual o conjunta de dos o más de ellas.- Las multas oscilarán entre un mínimo de 100 $ (cien) y un máximo de 5.000 $ ( cinco mil), según su gravedad.
N° 000000
Información y Consentimiento Informado Escrito para el cliente, previa realización de piercing, tatuajes o adornos corporales.
Introducción:
Antes de otorgar su consentimiento para la realización de piercing, tatuajes o adornos corporales, es importante que Ud. lea y comprenda la siguiente explicación sobre el procedimiento y sus consecuencias.
¿Quiénes pueden realizarse piercing, tatuajes o adornos corporales?
Todos aquellos individuos mayores de 21 años de edad que firmen el consentimiento informado en el momento de la práctica, de puño y letra. En los menores de 21 años, el consentimiento deberá ser firmados de puño y letra, por el padre, madre y/o tutor, en el establecimiento de tatuajes y/o perforación corporal, previa identificación fehaciente de los mismos.
¿Cómo es el procedimiento que se le realizará?
Previa limpieza de la piel, se le perforará la zona seleccionada, en el caso del piercing o se le introducirán en la piel, pigmentos de acuerdo al motivo elegido para el tatuaje.
Riesgos e inconvenientes:
El principal inconveniente de la realización de tatuajes es que hasta el momento no existe ningún método para removerlo sin dejar cicatriz, tanto las prácticas quirúrgicas como los diversos tipos de láser no tratan la zona de una manera totalmente satisfactoria. Si bien los efectos adversos relacionados con la realización de piercing o tatuajes no son muy frecuentes, se ha descrito: infección secundaria tanto bacteriana como viral, reacciones alérgicas, cicatrización anormal, sangrado, contagio de enfermedades como hepatitis B, infecciones generalizadas, encefalitis y muerte.
Merece una aclaración especial el riesgo potencial que produce la realización de piercing en la lengua ya que esta zona es muy susceptible a sangrados, infecciones y complicaciones severas.
Riesgo para mujeres:
Durante el embarazo y la lactancia no son recomendados los tatuajes, el uso de los pigmentos ni el piercing.
Cuidados posteriores a la realización de Piercing y Tatuajes:
Posteriormente a la realización de piercing y tatuajes la piel debe ser cuidadosamente lavada con agua previamente hervida y jabón blanco o de glicerina. Este procedimiento debe realizarse diariamente hasta la completa curación de la piel.
En caso de dudas o de presentar algún problema, consulte a su médico y comuníquese con el tatuador:
Nombre y Apellido............TE.........
Consentimiento Escrito para interesado Adulto o Menor de 21 años
Antes de dar mi consentimiento para que se me realicen piercing, tatuajes o adornos corporales, dejo constancia de que he sido informado/a acerca de los métodos y procedimientos a realizarme así como también de los riesgos a los que me someto. He recibido además una copia escrita de esa información.


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