DECLARACIÓN DE LA FIP SOBRE ESTÁNDARES PROFESIONALES DE CÓDIGOS ÉTICOS PARA FARMACÉUTICOS
FEDERACION INTERNACIONAL FARMACEUTICA (FIP)


 
En cada país la asociación de farmacéuticos correspondiente debería elaborar un código ético para farmacéuticos que establezca sus obligaciones profesionales, y adoptar medidas para asegurar que los farmacéuticos cumplan con las disposiciones de dicho código.

Introducción
Una profesión se identifica por la voluntad de los individuos que la ejercen de cumplir con estándares éticos y profesionales que superen los requisitos legales mínimos.
El farmacéutico sigue siendo el profesional sanitario experto en el medicamento. Los farmacéuticos tienen también la responsabilidad de ayudar a la gente a mantener una buena salud, prevenir enfermedades y, cuando se requieran medicamentos, promover el uso racional de los mismos y ayudar a los pacientes a adquirir y obtener el máximo beneficio terapéutico de sus medicamentos. El papel del farmacéutico está en continuo desarrollo.
Reconociendo estas circunstancias, esta declaración de estándares profesionales de códigos éticos para farmacéuticos tiene por objeto reiterar y establecer públicamente las obligaciones que forman la base de las funciones y responsabilidades de los farmacéuticos. Estas obligaciones, basadas en principios y valores morales, son proporcionadas para posibilitar que las asociaciones nacionales de farmacéuticos, por medio de sus códigos éticos individuales, puedan orientar a los farmacéuticos en sus relaciones con los pacientes, con otros profesionales sanitarios y con la sociedad en general.

Ante esta situación y para lograr este objetivo, la FIP recomienda que
1. En cada país la asociación de farmacéuticos correspondiente debería elaborar un código ético para farmacéuticos que establezca sus obligaciones profesionales, y adoptar medidas para asegurar que los farmacéuticos cumplan con las disposiciones de dicho código.
2. Las obligaciones de los farmacéuticos establecidas en estos códigos deberían incluir
• actuar con justicia y equidad en la asignación de cualesquiera de los recursos sanitarios disponibles.
• asegurar que sus prioridades sean la seguridad y el mejor interés de aquéllos a los que provean los servicios profesionales y que en su trato con ellos actúen en todo momento con integridad.
• colaborar con otros profesionales sanitarios para asegurar que se proporciona la mejor calidad posible de atención sanitaria tanto a individuos como a la sociedad en general.
• respetar los derechos de los pacientes individuales de participar en decisiones sobre su tratamiento con productos medicinales y estimularles para que lo hagan. 1
• reconocer y respetar las diferencias culturales, creencias y valores de los pacientes, en especial porque pueden afectar la actitud del paciente frente al tratamiento propuesto.
• respetar y proteger la confidencialidad de información obtenida en el curso de la provisión de servicios profesionales y asegurar que la información sobre un individuo no sea revelada a terceros, salvo con el consentimiento informado del individuo en cuestión, o en circunstancias excepcionales específicas. 2
• actuar de acuerdo con los estándares profesionales y los principios científicos.
• actuar con honestidad e integridad en sus relaciones con otros profesionales sanitarios, incluidos compañeros farmacéuticos, y no mostrar ningún comportamiento o realizar ninguna actividad que pueda desacreditar la profesión o minar la confianza pública en la profesión.
• asegurar que mantengan sus conocimientos y aptitudes profesionales actualizados por medio de un desarrollo profesional continuo. 3
• cumplir con la legislación y códigos y estándares de práctica aceptados en la provisión de todos los servicios profesionales y productos farmacéuticos, y asegurar la integridad de la cadena de suministro de medicamentos, adquiriendo sólo de fuentes acreditadas. 4 5
• asegurar que los miembros del personal de apoyo a quienes se deleguen tareas posean las competencias necesarias para efectuar estas tareas de forma eficiente y efectiva.
• asegurar que toda la información proporcionada a los pacientes, a otros miembros del público general y a otros profesionales sanitarios sea precisa y objetiva, y que se proporcione de manera tal que sea entendida.
• tratar a todas las personas que soliciten sus servicios con cortesía y respeto.
• asegurar la continuidad de la provisión de servicios profesionales en caso de un conflicto con creencias morales personales o el cierre de la farmacia. En caso de conflictos laborales, hacer todo lo posible por que la gente pueda seguir accediendo a los servicios farmacéuticos.
La presente Declaración reemplaza la adoptada por el Consejo de la FIP en 1997.

Referencias:
1 Declaración de la FIP de estándares profesionales del papel del farmacéutico de estimular la adherencia a tratamientos prolongados (Sydney 2003)
2 Declaración de la FIP de la política de confidencialidad de información obtenida durante el ejercicio farmacéutico (2004, Nueva Orleans)
3 Declaración de la FIP de estándares profesionales del desarrollo profesional continuo (2002, Nice)
4 Declaración de Tokyo (1993) Estándares de calidad de los servicios farmacéuticos (Normas de la FIP para una buena práctica farmacéutica, septiembre de 1993) y versión revisada FIP/OMS GPP (1997, Vancouver)
5 Declaración de la FIP de la política de medicamentos falsos (2003, Sydney)

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