DECRETO 393/2007
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SALTA


 
Convenio interjurisdiccional -- Convenio suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud Publica de la Provincia para la implementación del Programa de Salud Ocular y Prevención de Ceguera.
Del 05/02/2007; Boletín Oficial 22/02/2007

Visto las presentes actuaciones, por las cuales se gestiona la aprobación del Convenio suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud Pública de la Provincia para la Implementación del Programa de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera, y
Considerando:
Que tiene por objetivo fortalecer el acceso de la población al diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de patologías oculares y asimismo, contribuir a la disminución de la ceguera por cataratas a través de la cirugía.
Que atento a la providencia del señor Ministro de Salud Pública corresponde el dictado del instrumento administrativo pertinente.
Por ello: El Gobernador de la Provincia decreta:

Artículo 1° - Apruébase el Convenio que forma parte del presente, suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud Pública de la Provincia para la Implementación del Programa de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera.
Art. 2° - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
Art. 3° - Comuníquese, etc.
Mashur Lapad; Medrano; Medina.


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