RESOLUCION 591/1998
SECRETARIA DE POLITICA AMBIENTAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


 
Residuos especiales y residuos patogénicos. Uso obligatorio de los manifiestos de transporte.
Del: 18/11/1998; Boletín Oficial 03/12/1998.


Artículo 1° - Establecer el uso obligatorio de los manifiestos de transporte de residuos especiales y de los manifiestos de transporte de residuos patogénicos, a partir de la fecha de publicación de la presente.
Dicha obligación corresponderá originariamente al responsable de los residuos en su calidad de generador y se extiende a todas aquellas personas físicas o jurídicas responsables de la manipulación, transporte, tratamiento, almacenamiento y disposición final de residuos especiales y de residuos patogénicos.
Art. 2° - Se observarán con respecto a los manifiestos de transporte, los siguientes recaudos:
a) El generador, almacenador o tratador deberá completar los datos requeridos en la primer parte del manifiesto, referida a: Origen, transportista y destino.
b) Las partes involucradas deberán firmar el manifiesto en el momento de su intervención.
c) El transportista no podrá aceptar manifiestos en los que no estuviese consignado por el generador el destino de los residuos.
d) La primer parte de los manifiestos de transporte será remitida por el transportista en forma mensual al Departamento de Auditoria de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental dependiente de la Dirección Provincial de Evaluación y Recursos Naturales de la Secretaría de Política Ambiental de la provincia de Buenos Aires.
Art. 3° - Los manifiestos de transporte tanto de residuos especiales como de residuos patogénicos deberán ser adquiridos en la Secretaría de Política Ambiental.
Art. 4° - Aprobar el nuevo modelo de manifiesto de transporte de residuos especiales, que como anexo I pasa a formar parte integrante de la presente.
Art. 5° - Aprobar el nuevo modelo de manifiesto de transporte de residuos patogénicos, que como anexo II pasa a formar parte integrante de la presente.
Art. 6° - Derogar toda otra norma legal que se oponga a la presente.
Art. 7° - Comuníquese, etc.
Sonzini.

Nota: para consultar el/los anexos, dirigirse al B.O. de la Provincia de Buenos Aires.

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