LEY 12019
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


 
Residuos patogénicos. Tratamiento, manipuleo, transporte y disposición final. Modificación del art. 4º de la ley 11.347.
Sanción: 01/10/1997; Promulgación: 29/10/1997; Boletín Oficial 07/11/1997.


Artículo 1º -- Modifíquese el art. 4º de la ley 11.347, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 4º -- El órgano de aplicación establecerá, a los efectos de esta ley regiones sanitarias y centros de despachos, transferencias y/o disposición final de residuos patogénicos, quedando expresamente prohibida su utilización, como relleno sanitario.
Art. 2º -- Comuníquese, etc.


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