LEY 11493
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


 
Régimen jurídico básico e integral para las personas discapacitadas. Modificación del art. 18 de la ley 10.592.
Sanción: 09/12/1993; Promulgación: 07/01/1994; Boletín Oficial 11/02/1994.


Artículo 1º -- Modificase el inc. e) el art. 18 de la ley 10.592 régimen jurídico básico e integral para las personas discapacitadas, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 18.
e) Establecer sistemas de detección y derivación de los educandos discapacitados que prevén su incorporación progresiva y sistemática a los diferentes niveles y modalidades de la enseñanza común, tanto en el orden oficial como en los establecimientos dependientes de la Dirección de Enseñanza no Oficial, dentro de la factibilidad pedagógica de cada caso, sin declinar la prestación de la enseñanza especial, en un régimen compatibilizado de horarios y secuencias educativa, tendiendo a su integración al sistema educativo corriente.
Art. 2º -- Comuníquese, etc.


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