ESTATUTO DE LA RED ARGENTINA DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION (MSAL)



De la Visión
Artículo 1º - Que todos los Municipios Argentinos comprometidos en el mejoramiento de la calidad de vida y con la convicción compartida de que es necesario potenciar los recursos comunitarios en pos del bienestar de la población y su desarrollo, se integren a la red de Municipios y Comunidades Saludables.
De la Misión
Artículo 2º- Que la Red se constituya en un recurso para sostener y fortalecer la estrategia de Municipios y Comunidades Saludables en Argentina como medio para impulsar políticas públicas de promoción de la salud con el objetivo último de mejorar la calidad de vida en nuestra sociedad.
De los Objetivos
Artículo 3º - La Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables se constituye para el cumplimiento de los siguientes objetivos:
a) Objetivo general
Impulsar la adopción de políticas públicas saludables como eje principal del accionar de los gobiernos municipales conjuntamente con las comunidades argentinas.
b) Objetivos específicos
Difundir y promover la estrategia de municipios y comunidades saludables.
Informar y orientar a los municipios y comunidades argentinos acerca de las estrategias de promoción de la salud que se definan en el Documento base.
Coordinar la capacitación técnica en los municipios que demanden asistencia para la implementación y fortalecimiento de la estrategia.
Propiciar el intercambio de experiencias e información entre los miembros asociados a la Red.
Fomentar el uso de los sistemas de información para la evaluación, seguimiento y monitoreo de las acciones desarrolladas
Acreditar e incorporar a otros municipios y comunidades a la Red.
Articular e intercambiar experiencias con otras redes afines y complementarias, tanto nacionales como internacionales.
De los Valores
Artículo 4º.- Los valores sobre los cuales se sustentan las acciones de la Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables son aquellos que definen su razón de ser:
RESPETO: Aceptación de la diversidad política, cultural e ideológica de los municipios y comunidades involucrados, así como de las áreas temáticas que cada municipio decida abordar de manera colectiva.
EQUIDAD: Apoyo a todos los municipios y comunidades que requieran la cooperación de la Red promoviendo la igualdad de oportunidades y velar porque las propuestas de municipios y comunidades saludables tiendan a la búsqueda permanente de la equidad en salud.
SOLIDARIDAD: Favorece la cooperación técnica entre los municipios, entre la Red y los municipios, y entre los municipios y otras redes; así como la incorporación de este valor en las acciones y políticas públicas desarrolladas por los municipios.
De los compromisos para integrar la Red
Artículo 5º.- Los compromisos asumidos para integrarse a la Red Argentina de Municipios y Comunidades saludables implican:
Priorizar la salud y la calidad de vida en la gestión de gobierno municipal.
Propiciar y promover la implementación de políticas públicas saludables que contemplen los seis criterios básicos de la estrategia de Municipios y Comunidades Saludables.
Impulsar la sanción de Ordenanzas Municipales que otorguen marco legal a la estrategia de Municipios y Comunidades Saludables.
Convocar a las fuerzas vivas locales a constituir un Consejo Local para realizar un diagnóstico participativo, fijar prioridades y establecer los compromisos.
Elaborar un Plan Estratégico de Municipio y Comunidad Saludable que incluya los productos de las cuatro etapas previas.
Del Ingreso a la Red
Artículo 6º.- Los requisitos para integrarse a la Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables consisten en:
Envío de nota de Intención de ingreso dirigida a la Unidad Coordinadora de la Red de Municipios y Comunidades Saludables suscripta por el Intendente. (cfr. Anexo I) acompañada del Acta de compromiso del Municipio suscripta por las autoridades locales y la comunidad activa. (cfr.Anexo II)
b) Es deseable, aunque no excluyente, presentar el compromiso del Concejo Deliberante a través de la firma de una resolución, que otorgará marco legal y sustentabilidad a las acciones. (cfr.Anexo III)
De la Estructura Organizativa de la Red
Artículo 7º.- La estructura organizativa de la Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables está conformada por:
a) La UNIDAD COORDINADORA: Integrada por el Ministerio de Salud de la Nación y la ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS) y por CINCO (5) representantes de cada una de las regiones del país: Noroeste (NOA), Noreste (NEA), Cuyo, Centro y Patagonia. Cada Región designará dos representantes titulares y uno alterno.
La Unidad Coordinadora elaborará su propio Reglamento Interno que solamente podrá ser refrendado en Reunión Extraordinaria en Asamblea.
b) La COORDINACIÓN OPERATIVA: Integrada por personal del Ministerio de Salud de la Nación.
De la Membresía
Artículo 8º - Se han establecido tres (3) categorías de miembros de la Red:
a).- Miembros titulares: son aquellos Municipios que vienen implementando la Estrategia de Municipios y Comunidades Saludables y cuentan con la acreditación por parte de la Unidad Coordinadora de la Red Argentina.
b) Miembros adherentes: son aquellos Municipios que se encuentran trabajando en experiencias de políticas públicas saludables con participación comunitaria y que han sido incorporados a la Red.
c) Miembros permanentes: Ministerio de Salud de la Nación y Organización Panamericana de la Salud (OPS).
De la Acreditación
Articulo 9º.- La Unidad Coordinadora acreditará a los Municipios como miembros de la Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables, de la siguiente manera:
a) La Unidad Coordinadora otorgará la acreditación como miembro adherente al/los municipios que hayan cumplido con lo establecido en el artículo 6º del presente Estatuto.
b) La Unidad Coordinadora otorgará la acreditación como miembro titular a aquellos municipios que hayan cumplido con los siguientes requisitos:
Consejo Local: formalmente constituido e integrado por los diversos sectores y actores sociales de la Municipalidad y la sociedad organizada.
Taller Diagnóstico: donde los integrantes del Consejo Local, los representantes institucionales y de la comunidad analizan el diagnóstico para priorizar los problemas de salud identificados y proponer soluciones.
Plan de Trabajo: se elabora para orientar las actividades del Consejo Local una vez definidos los problemas de salud de la comunidad.
Proyecto en ejecución: es el resultado del trabajo de organización, planificación e implementación con el objetivo de dar respuesta a los problemas priorizados.
De la Acreditación y su renovación
Artículo 10º .- Una vez aceptado el ingreso a la Red -como miembro adherente o titular-, y luego de la evaluación producida por la Unidad Coordinadora, se otorgará un certificado de membresía válido por un (1) año a partir de la fecha del otorgamiento.
Contra entrega del certificado de miembro titular, el Municipio ingresante suscribirá el presente Estatuto como garantía y compromiso de cumplimiento de los objetivos, procedimientos y requisitos para integrar la Red.
Del cambio de autoridades municipales
Artículo 11º.- Cuando en los municipios se produzcan cambios en la administración municipal, la nueva gestión deberá comunicar mediante nota a la Unidad Coordinadora de la Red su intención de continuar perteneciendo a la misma.
De los Beneficios
Artículo 12º .-Los beneficios con que contarán los Municipios acreditados de la Red son:
a.- Asesoramiento y capacitacion técnica por parte de especialistas.
b.- Participación en encuentros, cursos, talleres
c- Acceso a información actualizada a través de boletines y publicaciones.
d- Intercambio y difusión de experiencias locales.
e- Transferencia de tecnología intermunicipal.

ANEXO I
MODELO DE NOTA DE INTENCION PARA INTEGRARSE A LA RED
Ciudad, Fecha
RED ARGENTINA DE MUNICIPIOS
Y COMUNIDADES SALUDABLES
UNIDAD COORDINADORA
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION
AV. 9 DE JULIO 1925 2º PISO
C1073ABA-CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Por intermedio de la presente y, en mi carácter de (Intendente, Presidente municipal) de la (ciudad/departamento/comuna) de ............. de la provincia de.........., manifiesto el interés de integrarnos a la Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables. A estos efectos y como claro signo de la voluntad de esta comunidad de trabajar y realizar esfuerzos conjuntos para mejorar su calidad de vida, se acompaña a la presente el Acta de Compromiso suscripta por (Gobierno Municipal, Concejo Deliberante, ONG ´s, Universidades, Instituciones educativas, Asociaciones Vecinales, Sociedades de Fomento, Club, etc.) el día del mes de , (así como la Resolución Nº dictada por el Concejo Deliberante del día del mes .)
Opcional (no es requisito excluyente)
.
A la espera de la evaluación y aceptación por parte de esa Unidad Coordinadora de la Red, solicitamos remitir la respuesta pertinente a:
Nombre y Apellido:
Cargo o función del Responsable:
Domicilio postal:
Teléfono/Fax
Correo Electrónico:
Atentamente,
Intendente/Presidente Municipal
ANEXO II
MODELO DE ACTA DE COMPROMISO
El Gobierno de la Ciudad/Comuna de .............................................a los días del mes de
de , bajo este acto, se compromete a trabajar con todos los actores y sectores de la comunidad, para crear ámbitos que promuevan políticas públicas saludables que tiendan al logro del bienestar colectivo a través de la participación activa y consciente de todos los miembros de la misma propiciando:
Iniciar el proceso de constituirse en Municipio y Comunidad Saludable
Promover el respeto, la equidad y la solidaridad para el desarrollo humano como fundamento del derecho a la salud.
Propiciar un alto grado de participación de todos los sectores y actores de la comunidad.
Fortalecer la conformación de alianzas y asociaciones con todos los sectores que puedan contribuir a mejorar las condiciones de salud de la comunidad.
Promover el mejoramiento de la calidad de vida desde una perspectiva integral, considerando el contexto ambiental, físico y social.
Se suscribe el presente que se encuentra abierto a la adhesión de todos los sectores y organizaciones de la comunidad que se comprometan a trabajar conjuntamente hacia el logro de los objetivos antes mencionados.
Firmantes......
ANEXO III
EJEMPLO DE MODELO DE RESOLUCION DE CONCEJO MUNICIPAL
Ciudad, Fecha
VISTO (las normas superiores vigentes /el Decreto Municipal/ el proyecto presentado por.....) y
CONSIDERANDO:
Que la Estrategia de Municipios y Comunidades Saludables ha demostrado los beneficios que se obtienen en la búsqueda de mejores condiciones de vida y de salud para las comunidades.
Que representa un medio eficiente y de bajo costo para propiciar el intercambio de experiencias y el desarrollo de proyectos locales de promoción de la salud.
Que es menester concientizar a todos los miembros de la comunidad y del gobierno local sobre la necesidad de vivir en una ciudad saludable y que su participación es necesaria en el mantenimiento de ella, potenciando los recursos comunitarios ya existentes y coordinando la búsqueda y la movilización de recursos que se requieran.
Que es preciso garantizar el compromiso de este órgano legislativo en todas las acciones tendientes a implementar el proceso de constituir un Municipio y Comunidad Saludable en la ciudad/ comuna/el municipio de .........................................
Por ello,
El (Concejo Deliberante / Municipal) RESUELVE:
ARTICULO 1: Declárar de Interés Municipal el Plan/programa de Municipios y Comunidades Saludables en el Municipio de .................
ARTICULO 2: Iniciar el proceso de constituirse en Municipio y Comunidad Saludable
ARTICULO 3: Promover la construcción de entornos físicos y sociales saludables y seguros.
ARTICULO 4.- Aprobar la conformación de un Consejo Intersectorial para el desarrollo de la estrategia de Municipio y Comunidad Saludable, cuya presidencia estará a cargo del Intendente Municipal y la coordinación, a cargo de (l/Secretario de Salud/Acción Social/ Director de Salud.) Este Consejo estará facultado para realizar convenios con (los Ministerios pertinentes tanto provinciales como nacionales, Universidades u otros centros educativos, Organizaciones no gubernamentales,....)
ARTICULO 5: Regístrese, comuníquese, y archívese.
RESOLUCION Nro.

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