LEY XVII-127
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Prevención y Detección del Cáncer de Mama. Modificación de ley XVII-34. Abroga la ley XVII-76.
Sanción: 10/09/2020; Promulgación: 30/09/2020; Boletín Oficial 02/10/2020

LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES
SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1. Incorporánse a la Ley XVII - N° 34 (Antes Ley 3912) de Prevención y Detección del Cáncer de Mama, los Artículos 2 bis, 2 ter, 3 bis, 3 ter y 3 quáter, los que quedan redactados de la siguiente manera:
ARTÍCULO 2 bis.- Establécese durante el mes de Octubre de cada año que las instituciones públicas y monumentos emblemáticos de la Provincia serán iluminados con color rosa como símbolo de lucha contra el cáncer de mama.
ARTÍCULO 2 ter.- Establécese la difusión de información respecto a la prevención y detección del cáncer de mama, durante el mes de Octubre de cada año, a través de la transmisión en LT 85 TV Canal 12 de Multimedios Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, en todas sus señales, ya sea analógicas o digitales y en los medios de comunicación audiovisuales que tienen pauta publicitaria del Estado provincial.
ARTÍCULO 3 bis.- Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud Pública.
ARTÍCULO 3 ter.- Adhiérese la Provincia de Misiones a la Ley Nacional Nº 26.606, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Ley.
ARTÍCULO 3 quáter.- Abrógase la Ley XVII - N° 76.
Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ROVIRA - Manitto A/C

ANEXO ÚNICO LEY NACIONAL N° 26.606
ARTÍCULO 1º.- Institúyase el mes de Octubre de cada año como Mes Nacional de Concientización sobre el Cáncer de Mama.
ARTÍCULO 2º.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, en el mes de Octubre de cada año, el Ministerio de Salud, en coordinación con otros organismos nacionales correspondientes y con las autoridades sanitarias de cada jurisdicción, desarrollará diversas actividades públicas de educación y concientización, orientadas a la prevención del Cáncer de Mama.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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