LEY 9247
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Programa de Capacitación Obligatoria en Temática de Género y Violencia contra las Mujeres conocida como la Ley Micaela. Adhiere a ley 27.499.
Sanción: 21/05/2020; Promulgación: 21/05/2020; Boletín Oficial 22/05/2020.

La Legislatura de la Provincia de Tucumán,
sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Adhiérase la Provincia de Tucumán a la Ley Nacional N° 27.499, que establece el “Programa de Capacitación Obligatoria en Temática de Género y Violencia contra las Mujeres” conocida como la Ley “Micaela” dirigido a las personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por cargo efectivo, designación directa, por concurso o por otro medio legal en el ámbito de los tres Poderes del Estado Provincial.
Art. 2°.- Los encargados de la aplicación y control de la presente Ley serán los titulares de cada Poder del Estado, los que deberán adoptar en sus propias esferas las medidas pertinentes para el dictado de la capacitación a los integrantes de cada Poder; debiendo anualmente publicar en su Página Web lo actuado durante el año.
Art. 3°.- Invitar a los Municipios a adherir a la presente Ley.
Art. 4°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil veinte.
C.P.N. Osvaldo Francisco Jaldo - Claudio Antonio Perez


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