LEY 6531
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES


 
Día de la Lucha contra la Violencia de Género en los Medios de Comunicación.
Sanción: 04/06/2020; Boletín Oficial 23/06/2020

La Legislatura de la provincia
sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1º. INSTITÚYASE el día 11 de marzo de cada año, como el Día de la Lucha contra la Violencia de Género en los Medios de Comunicación.
Art. 2º. LA presente ley tiene como finalidad promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre mujeres y hombres y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual en los medios de comunicación de conformidad a lo establecido por los artículos 3° inciso m; 70 y 71 de la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual y los artículos 5° inciso 5, y 6° inciso f de la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Art. 3º. DE conformidad con lo dispuesto en el artículo 1°, en el mes de marzo de cada año, el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, desarrollará actividades de capacitación, difusión, prevención y concientización que promuevan la reflexión crítica sobre la violencia de género en los medios de comunicación, incluyendo ámbitos escolares.
Art. 4º. COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo.
Dr. Gustavo Adolfo Canteros - Dr. Pedro Gerardo Cassani - Dra. María Araceli Carmona - Dra. Evely


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