LEY 1290
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL


 
Régimen Provincial de Salud Sexual y Reproductiva. Modificación de la ley 509.
Sanción: 29/11/2019; Promulgación: 06/12/2019; Boletín Oficial 09/12/2019


Artículo 1º.- Incorpórase el artículo 9º bis a la Ley provincial 509, Régimen Provincial de Salud Sexual y Reproductiva, con el siguiente texto: “Artículo 9º bis.- La Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego o el organismo que en el futuro lo reemplace y toda obra social o servicio de salud provincial debe incorporar dentro de las prestaciones que brinda a sus afiliados, la cobertura médica de los métodos anticonceptivos previstos por esta ley en el marco del Programa Médico Obligatorio (PMO), pudiendo extender la cobertura a los métodos que el/la profesional médico prescriba para cada persona.”.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
RODRIGUEZ - ARCANDO


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