LEY 5602
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia Contra las Mujeres, Micaela García. Adhiere a ley 27449.
Sanción: 22/08/2019; Promulgación: 15/10/2019; Boletín Oficial: 25/10/2019

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Artículo 1°. Adhiérase la provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.499, que establece el Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres, Micaela García, dirigido a las personas que se desempeñen en la función pública en sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por cargo electivo, designación directa, por concurso o por otro medio legal, en el ámbito de los tres poderes del Estado Provincial.
Art. 2°. El organismo encargado para la aplicación y control de la presente es el que designe el Poder Ejecutivo Provincial en el momento de la reglamentación.
Art. 3°. El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará las disposiciones de la presente Ley, en un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días de su promulgación.
Art. 4°. Invítase a los Municipios a adherir a la presente Ley.
Art. 5°. De forma.
Jorge Omar Solá Jais; Fernando Miguel Jalil; Omar A. Kranevitter; Gabriel Fernando Peralta


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