LEY 5358
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Atención integral de niños, niñas, adolescentes y jóvenes que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA).
Sanción: 13/03/2019; Boletín Oficial 01/04/2019


Artículo 1º.- Se garantiza en la Provincia de Río Negro la atención integral de niños, niñas, adolescentes y jóvenes que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA).
Art. 2º.- El Ministerio de Salud está a cargo, a través de un equipo interdisciplinario, del diagnóstico y tratamiento clínico integral de DEA, en los establecimientos públicos a su cargo.
Art. 3°.- El Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) garantiza las prestaciones terapéuticas requeridas para el diagnóstico y tratamiento de las Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA).
Art. 4º.- El Ministerio de Educación y Derechos Humanos está a cargo, a partir del diagnóstico y evaluación clínica integral, de la elaboración de un trayecto pedagógico individual adecuado a las características y necesidades del estudiante, como así también a la asignación de recursos que requiera.
Art. 5º.- Los Ministerios de Salud y de Educación y Derechos Humanos coordinarán los procesos de capacitación docente orientados a la detección temprana de indicadores de Dificultades Específicas del Aprendizaje y su abordaje pedagógico en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo.
Art. 6º.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá introducir las modificaciones necesarias al presupuesto para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente.
Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
WERETILNECK - L. Di Giácomo - L. F. Zgaib


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