RESOLUCIÓN 775/2019
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD (S.G.S.)


 
Rectificación de la Resolución Secretarial Nº 757/2019, cobertura en concepto de harinas, premezclas u otros alimentos industrializados que requieren ser certificados en su condición de libres de gluten.
Del: 07/05/2019; Boletín Oficial 08/05/2019.

VISTO el Expediente Nº EX-2019-06701263-APN-DD#MSYDS, y
CONSIDERANDO:
Que en dichas actuaciones recayó la Resolución Secretarial Nº RESOL-2019-757-APN-SGS# MSYDS de fecha 03 de Mayo de 2019 mediante la cual se determina que las entidades alcanzadas por el artículo 9° de la Ley N° 26.588 deberán brindar a cada persona con celiaquía, cobertura en concepto de harinas, premezclas u otros alimentos industrializados que requieren ser certificados en su condición de libres de glúten.
Que en la mencionada Resolución se deslizó un error al consignar en su artículo 2° el monto para la cobertura de los pacientes.
Que, por lo tanto corresponde proceder a su rectificación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de la competencia atribuida por el art. 101 del decreto 1759/72. Reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos.
Por ello,
El Secretario de Gobierno de Salud resuelve:

Artículo 1°.- Rectifícase la Resolución Secretarial Nº RESOL-2019-757-APN-SGS#MSYDS de fecha 03 de Mayo de 2019, donde dice “por un monto mensual de PESOS NOVECIENTOS CON NUEVE CENTAVOS ($900,09)” deberá leerse: “por un monto mensual de PESOS NOVECIENTOS CON NOVENTA CENTAVOS ($900,90)”.
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Adolfo Luis Rubinstein.


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