VISTO las presentes actuaciones, por las cuales se tramita la aprobación del Convenio Marco de Adhesión a la Cobertura Universal de Salud, celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud Pública de Salta,
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio tiene por objeto la adhesión de la Provincia a la Cobertura Universal de Salud, conformada como una estrategia nacional destinada a garantizar el acceso equitativo, integral, oportuno y de calidad de toda la población a los servicios de salud, independientemente del lugar de residencia o de su condición socioeconómica;
Que a tal efecto, se ampliará la cobertura territorial, con asignación de la población en las áreas programáticas de los centros de atención primaria de la salud, a cargo de equipos de salud familiar y comunitaria, se desarrollarán sistemas de información interoperables, historia clínica digital y aplicaciones informáticas que agilicen el acceso a la salud y se monitoreará y evaluarán los indicadores de calidad y metas acordadas con Nación;
Que los organismos competentes han tomado la intervención previa que les corresponde;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas en el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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