DECRETO 3763/2018
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Convenio entre el Instituto Nacional del Cáncer (INC) y la Provincia de Entre Ríos el cual tiene por objeto la implementación de la estrategia de incorporación de la prueba de VPH como tamizaje primario para reducir la incidencia y mortalidad por cáncer de cuello cervicóuterino
Del: 06/11/2018; Boletín Oficial: 03/04/2019

VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la aprobación del convenio específico celebrado entre el Instituto Nacional del Cáncer (INC) y la Provincia de Entre Ríos representada por la Ministra de Salud de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo fue suscripto el 16 de agosto del año en curso por la Dra. Julia C. Ismael, en calidad de directora del Instituto Nacional del Cáncer y por la Lic. Mg. Sonia Velázquez, en su carácter de Ministra de Salud;
Que el mismo tiene como objeto la implementación de la estrategia de incorporación de la prueba de VPH como tamizaje primario para reducir la incidencia y mortalidad por cáncer de cuello cervicouterino;
Que el Instituto Nacional del Cáncer (INC) capacitará a los equipos de salud de la Provincia involucrados en el desarrollo del proyecto en lo referente al desempeño en el laboratorio de prueba de VPH, proveerá de materiales de comunicación para la promoción de la prueba de VPH, asistirá técnica y continuamente al Programa Provincial de Prevención de Cáncer Cervicouterino, a los efectores y servicios involucrados en la implementación de la estrategia y proveerá de equipamiento necesario para la recolección del material y el procesamiento del total de las determinaciones, este equipamiento será cedido en como dato o transferido a la Provincia;
Que el Ministerio de Salud de Entre Ríos instalará a nivel local el laboratorio de prueba de VPH adecuando su espacio físico e instalando el equipamiento necesario a su costo, designará un responsable con dependencia del laboratorio de anatomía patológica de la Provincia, realizará la toma de las muestras y su adecuado mecanismo de trasladó, asegurando la calidad en el análisis y procesamiento de las mismas, controlará el seguimiento y tratamiento de mujeres en el diagnóstico anormal, presentará informes trimestrales del desarrollo del proyecto al instituto conteniendo indicadores de proceso mediante la carga nominalizada en el SITAM (cobertura, toma y evaluación y registro del resultado del TEST) y asentará todos los movimientos al interior de la provincia y el estado de stock de los insumos, reactivos y colectores provistos por el instituto mediante la utilización del registro que la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación disponga, generando los mecanismos y designando los responsables necesarios para su funcionamiento;
Que el presente convenio tiene una duración de (36) treinta y seis meses y será renovado automáticamente;
Que el Instituto Provincial del Cáncer del Ministerio de Salud, ha tomado intervención de su competencia;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, ha dictaminado al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A:

Artículo 1º - Ratifícase el convenio específico, celebrado 16 de agosto del corriente año entre el Instituto Nacional del Cáncer (INC) y la Provincia de Entre Ríos representada por la Ministra de Salud de la Provincia, que agregado forma parte integrante del presente decreto, el cual tiene por objeto la implementación de la estrategia de incorporación de la prueba de VPH como tamizaje primario para reducir la incidencia y mortalidad por cáncer de cuello cervicóuterino, atento a lo manifestado en los considerandos precedentes.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese y archívese.
Gustavo E. Bordet; Sonia M. Velázquez


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