Decreto 1226/1974
PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN)


 
Instrumentador de cirugía; reconocimiento como actividad de colaboración de la medicina y la odontología; incorporación al régimen del dec.-ley 17.132/67 (ley 17.132).
Fecha de Emisión: 25/10/1974; Publicado en: Boletín Oficial: 04/11/1974


Artículo 1º -- Reconócese como actividad de colaboración de la medicina y odontología, la que desarrollan los instrumentadores de cirugía, y consecuentemente, se incorpora dicha actividad al listado contenido en el art. 42, título VII --De los colaboradores, capítulo I-- Generalidades, del dec.-ley 17.132/67, reglamentado por el dec. 6216/67.
Art. 2º -- El Ministerio de Bienestar Social, por conducto de la Secretaría de Estado de Salud Pública, reglamentará todo lo concerniente al ejercicio de la actividad del instrumentador de cirugía.
Art. 3º -- Comuníquese, etc.
-- M. de Perón. -- López Rega.


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