VISTO:
La Ordenanza N° 40.997, la Ley N° 153 y el Expediente Electrónico N° 26625668/MGEYADGDIYDP/ 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 40.997 regula el Sistema de Residencias del Equipo de Salud en sus distintas especialidades de formación de los recursos humanos en salud en el Nivel de Postgrado;
Que el Programa Docente de la Residencia Posbásica Interdisciplinaria en Cuidados Paliativos tiene por objetivo pautar las competencias que serán adquiridas por el/la residente a lo largo de su trayecto formativo, reconoce ámbitos y niveles de responsabilidad y establece el perfil común esperado para todos los residentes de la misma especialidad;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional propicia la aprobación del Programa Docente De la Residencia Posbásica Interdisciplinaria en Cuidados Paliativos;
Que el diseño curricular del mencionado Programa Docente pretende, a través de un proceso estructurado y formal, la adquisición de competencias que avalen el ejercicio de la especialidad contemplando los avances científicos - tecnológicos y los problemas del sistema de salud, constituyendo la herramienta esencial para cumplimentar los extremos de la precitada Ordenanza y la Ley Básica de Salud N° 153.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE
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