DECLARACION SOBRE COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD Y ACCESO A MEDICAMENTOS ESENCIALES
REUNION MINISTROS DE SALUD (RMS)


 
Del: 15/06/2018

Los Ministros de Salud reunidos en la ciudad de Asunción, el día 15 de junio de 2018, con motivo de la XLII Reunión del Ministros de Salud del MERCOSUR y Estados Asociados (RMS), ratifican la importancia de continuar fortaleciendo las políticas de salud pública orientadas hacia la Cobertura Universal de Salud, han decidido realizar la presente declaración.
CONSIDERANDO:
Que la Declaración de Alma-Ata de 1978 reconoce al suministro de medicamentos esenciales como uno de los pilares de la atención primaria de la salud;
Que la Resolución A/HRC/RES/23/14 del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas destaca “la responsabilidad de los Estados de garantizar a todos el más alto nivel posible de salud, entre otras cosas mediante el acceso, sin discriminación alguna, a medicamentos, en particular a medicamentos esenciales, que sean asequibles, seguros, eficaces y de calidad”;
Que por medio de la Resolución CD53.R14, el 53º Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) reconoce que “el acceso universal a la salud y la cobertura universal de salud implican que todas las personas y las comunidades tengan acceso, sin discriminación alguna, a servicios de salud integrales, adecuados, oportunos, de calidad, determinados a nivel nacional, de acuerdo con las necesidades, así como a medicamentos de calidad, seguros, eficaces y asequibles, a la vez que se asegura que el uso de esos servicios no expone a los usuarios a dificultades financieras, en particular a los grupos en situación de vulnerabilidad”;
Que el objetivo 3 (Salud y Bienestar) de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establece entre sus metas alcanzar la cobertura sanitaria universal, incluyendo protección contra los riesgos financieros, acceso a servicios de salud esenciales y de calidad y acceso a medicamentos esenciales seguros, efectivos y eficaces y vacunas para todos;
Que la política de medicamentos constituye uno de los elementos fundamentales de la Cobertura Universal de Salud (CUS);
Que el Informe de la Comisión de Derechos de Propiedad Intelectual, Innovación y Salud Pública, establecida en la Asamblea Mundial de la Salud (OMS) por medio de la Resolución WHA56.27, recomienda que “en los acuerdos comerciales bilaterales no se debería intentar incorporar medidas de protección ADPIC-plus mediante fórmulas que puedan reducir el acceso a los medicamentos en los países en desarrollo”;
Que los Ministros de Salud del MERCOSUR y Estados Asociados, reunidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 16 de junio de 2017, declararon la importancia de priorizar la salud pública en las negociaciones de acuerdos comerciales.
LOS MINISTROS DE SALUD
DECLARAN:

La importancia de continuar fortaleciendo las políticas nacionales de avance hacia la Cobertura Universal de Salud (CUS), en particular las políticas destinadas al fortalecimiento del acceso a los medicamentos esenciales para todos.
La importancia de que los acuerdos comerciales firmados por MERCOSUR contemplen el impacto que puedan contener la incorporación de cláusulas ADPIC-plus sobre la salud pública.
XLII RMS - Asunción, 15/VI/18.


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