LEY 2914-G
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Trasplante de órganos, tejidos y células. Adhiere a ley 27447. Deroga ley 4128.
Sanción: 03/10/2018; Promulgación: 23/10/2018; Boletín Oficial: 16/11/2018

La Cámara de Diputados de la provincia del Chaco
Sanciona con fuerza de
LEY

Artículo 1°: Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 27.447 - Trasplante de Órganos, Tejidos y Células.
Art. 2°: Ratifícase al Centro Único Coordinador de Ablación e Implantes Chaco (CUCAI Chaco), creado por el decreto 2535/94, como ente técnico asesor en el ámbito del Ministerio de Salud Pública, con idéntica composición, facultades, misiones y funciones que las establecidas en la normativa de su creación.
Art. 3°: Establécese que la ley 883-M (antes ley 4310) - Competencia Juzgados en Cuestiones Relativasa Ablación e Implantes -, será aplicable a los procedimientos judiciales que se tramiten ante los tribunales provinciales en lo civil, de conformidad a lo establecido en el capítulo XV, artículo 67 de la ley nacional 27.447.
Art. 4°: Derógase la ley 820-G (antes ley 4128).
Art. 5°: El Poder Ejecutivo dictará, dentro de los 60 días de promulgada la presente ley, la reglamentación necesaria para su aplicación.
Art. 6°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Rubén Darío Gamarra; Lidia Élida Cuesta


Copyright © BIREME  Contáctenos