VISTO: Las competencias y atribuciones conferidas a este Ministerio de Salud por el Decreto Nº 1791/15 - ratificado por Ley Nº 10337 - y sus modificatorios, que establece la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo Provincial
Y CONSIDERANDO:
Que existe la necesidad de implementar acciones tendientes a obtener un mayor ordenamiento en materia de Recursos Humanos en las Reparticiones pertenecientes al Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba.
Que con el fin de lograr una correcta operatividad en la puesta en funcionamiento organizacional y el cumplimiento efectivo de los lineamientos que en materia de Salud viene llevando adelante el Gobierno de la Provincia de Córdoba, se aprobaron las estructuras orgánicas de los Hospitales Públicos de la Provincia de Córdoba.
Que por Resolución Ministerial Nro. 0557 de fecha 24 de junio de 2010, se aprobó el “Manual de Funciones del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba. Primera Etapa”, con la finalidad de explicitar de manera objetiva la estructura orgánica de Nivel Central de esta Jurisdicción Ministerial, describiendo los diferentes niveles jerárquicos que la conforman, estableciendo pautas básicas de organización e identificando la misión, visión, objetivos y funciones de cada dependencia.
Que el precitado Instrumento Legal, establece en sus considerando que al tratarse de un documento de consulta frecuente, sujeto a la dinámica que supone el ejercicio de la función sanitaria, el mismo será completado y actualizado periódicamente, debiendo las áreas correspondientes aportar la información necesaria a tal efecto.
Que en consonancia con lo aludido en el párrafo precedente, y teniendo en cuenta la observancia, en los hechos, de la existencia de un cúmulo de funciones más amplias y específicas que las fijadas mediante la Resolución Ministerial Nro. 0557 y cuya continuidad en el tiempo evidencian y hacen necesaria su explicitación como propias de la Dirección de Jurisdicción de Recursos, junto a la necesidad de fijar y, explicitar también, la competencia de dicha unidad, importa todo ello una necesaria ampliación y actualización complementaria del aludido Instrumento Legal.
Que para continuar avanzando en la gestión integral de Recursos Humanos de cada nosocomio, resulta indispensable establecer la Misión y la Visión que deberán observar las distintas posiciones de conducción de RR.HH y sus integrantes en la órbita del Ministerio de Salud.
Que en el mismo sentido, corresponde redefinir y establecer las competencias y funciones de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, para potenciar un adecuado funcionamiento de las Reparticiones, gestionando, ejecutando y garantizando políticas, directrices, procesos y programas que formen parte de una Gestión Integral de Recursos Humanos.
Que en ese orden de ideas y en atención a la creación de cargos cuyas competencias refieren específicamente a la organización de recursos humanos, corresponde establecer el perfil de la Subdirección de Gestión Administrativa, de la Secretaría Técnica y de la Jefatura de Sección de Recursos Humanos según el nivel de complejidad de los establecimientos asistenciales y, delimitando responsabilidades, funciones y requisitos que los mismos deberán observar.
Que cabe destacar que al momento de propiciarse la cobertura de dichos puestos, deberá ejecutarse un proceso de selección adecuado que permita obtener candidatos idóneos atendiendo especialmente a los requerimientos que mediante la presente se establecen.
Por ello, lo informado por la Dirección de Jurisdicción de Recursos Humanos de esta Cartera de Salud y en uso de sus atribuciones;
El Ministro de Salud resuelve:
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