LEY 2893-G
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Programa de cirugía reconstructiva estética para personas víctimas de violencia de género.
Sanción: 29/08/2018; Promulgación: 17/09/2018; Boletín Oficial 28/09/2018.

La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco sanciona con Fuerza de Ley:

PROGRAMA DE CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA ESTÉTICA PARA PERSONAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Artículo 1°.- Créase el Programa de Cirugía Reconstructiva Estética para Personas Víctimas de Violencia de Género, cuyo daño se haya configurado como consecuencia de la agresión sufrida.
Art. 2°.- La implementación del Programa se llevará a cabo en hospitales públicos que posean profesionales, instrumentales y tecnología adecuada para llevar adelante la misma.
Art. 3°.- La persona víctima de violencia de género para acceder a la cirugía estética gratuita, deberá presentar previamente en el hospital, la denuncia pertinente en donde conste el o los daños físicos sufridos por la víctima de la agresión o referenciar el juzgado donde se encuentre radicada la causa por violencia de género.
Art. 4°.- Determínase que deberá realizarse un informe por un equipo de médicos o especialistas que examinarán a la persona víctima de violencia y evaluarán las secuelas a nivel funcional, psicológico y estético del daño sufrido. El informe deberá avalar la necesidad de realizar la intervención quirúrgica estética a fin de brindar una asistencia integral y oportuna a la persona víctima de violencia de género.
Art. 5°.- La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud Pública.
Art. 6°.- El Programa brindará los recursos materiales y humanos necesarios para la cirugía reconstructiva estética y el acompañamiento terapéutico-psicológico a la víctima, para una efectiva reparación integral física y el restablecimiento de la autoestima.
Art. 7°.- La erogación que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Jurisdicción 06: Ministerio de Salud Pública.
Art. 8°.- Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
Rubén Darío Gamarra, Secretario.
Lidia Élida Cuesta, Presidenta.


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