LEY 5312
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhesión de la Provincia de Río Negro a la Ley Nacional N° 27.071 sobre cobertura total para las Personas Ostomizadas.
Sanción: 22/08/2018; Promulgación: 31/08/2018; Boletín Oficial 17/09/2018.

La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Adhesión. Se adhiere a la ley nacional n° 27071, con el propósito de incorporar al Programa Médico Obligatorio, al sistema público nacional, obras sociales y mutuales provinciales, cuyo objeto sea la prestación de servicios de salud, la cobertura total de los dispositivos o bolsa para ostomias y los elementos accesorios necesarios para la optimización de la tolerancia de la bolsa, para aquellas personas que han sido sometidas a una ostomización temporal o definitiva padeciendo desórdenes, enfermedades o trastornos en distintos órganos.
Art. 2°.- Autoridad de aplicación. Es autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro.
Art. 3°.- Difusión. La autoridad de aplicación tiene a su cargo la labor de realizar campañas de difusión para dar a conocer la cobertura total de los dispositivos o bolsa para ostomías y los elementos accesorios necesarios para la optimización de la tolerancia de la bolsa.
Art. 4°.- Presupuesto. Autorizar al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que fueren necesarias para la aplicación de la presente.
Art. 5°.- Comuníquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
Dr. Facundo Manuel López, Vice Presidente 1º a/c. Presidencia de la Legislatura.-
Lic. Daniel Arnaldo Ayala, Secretario Legislativo.


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