RESOLUCIÓN 1849/2018
MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES (M.S.D.S.y D.)


 
Ficha de Registro de Malformaciones Craneofaciales de la Provincia de Mendoza.
Del: 23/08/2018; Boletín Oficial 13/09/2018.

Visto el expediente EX-2018-00672138-GDEMZA-SEGE#MSDSYD, en el cual el Programa de Malformaciones Craneofaciales solicita la aprobación de la Ficha del Registro de Malformaciones Craneofaciales de la Provincia de Mendoza; y
CONSIDERANDO:
Que por el Art. 1º de la Ley Nº 6714 se creó el Centro de Prevención y Tratamiento de Malformaciones Craneofaciales de la Provincia de Mendoza y mediante el Art. 6º de la citada Ley, el Centro deberá contar con un Registro Provincial a fin de detectar la zona de mayor incidencia de estas enfermedades y encarar programas específicos de prevención, tratamiento y rehabilitación;
Que por la Ley Nº 9004 se modificó el Art. 6º de la Ley Nº 6714, en el sentido de agregar que en el Registro Provincial de Malformaciones Craneofaciales se añadirá un apartado especial para asentar las enfermedades congénitas de labio leporino y paladar hendido, debiendo incluir los datos personales del paciente, su domicilio y número telefónico de contacto;
Que a tal efecto es necesario in-formar a las Maternidades, Neonatologías, Centros de Salud y Hospitales de todos los niveles de la Provincia, que ante la detección de un paciente con fisura labial, fisura labio alveolo palatina, fisura palatina, fisura submucosa y otras malformaciones craneofaciales asociadas, deberán informar al Programa de Malformaciones Craneofaciales mediante mail;
Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada,
La Ministra de Salud, Desarrollo Social y Deporte resuelve:

Artículo 1°.- Establecer que las Maternidades, Neonatologías, Centros de Salud y Hospitales de todos los niveles de la Provincia, que ante la detección de un paciente con fisura labial, fisura labio alveolo palatina, fisura palatina, fisura submucosa y otras malformaciones craneofaciales asociadas, deberán cargar los datos pertinentes en la Ficha del Registro de Malformaciones Craneofaciales de la Provincia de Mendoza, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución y enviar al correo electrónico: malcraneofaciales@mendoza.gov.ar, de acuerdo a lo establecido en el Art. 6º de la Ley Nº 9004.
Art. 2°.- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Cdora. Nelida Elisabeth Crescitelli.

Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

Copyright © BIREME  Contáctenos