LEY 6359
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES


 
Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas. Adhiere a ley 26928.
Sanción: 29/07/2015; Promulgación: 11/08/2015; Boletín Oficial 13/08/2015

EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1º.- Adherir a la Ley Nacional Nº 26.928, Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, que crea un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante, inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil quince.
Dr. Pedro Gerardo Cassani - Dr. Gustavo Adolfo Canteros
Dra. Evelyn Karsten - Dra. María Araceli Carmona


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