LEY 9988
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Derechos del Paciente en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud. Adhiere a ley 26812.
Sanción: 22/06/2017; Boletín Oficial 25/08/2017

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1º- Adhiérase la provincia de La Rioja a la Ley Nacional Nº 26.812, que establece el nuevo texto del Artículo 15º de la Ley Nacional Nº 26.529, modificada por la Ley Nº 26.742 - Derechos del Paciente en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud.
Art. 2º- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º Período Legislativo, a veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
DN. OSCAR EDUARDO CHAMÍA - VICEPRESIDENTE 1º - CÁMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
DR. JUAN MANUEL ÁRTICO - SECRETARIO LEGISLATIVO


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