LEY 3086
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Declarando la Emergencia Sanitaria en la Provincia de La Pampa, ante el incremente extraordinario de patologías relacionadas con infecciones respiratorias asociadas al virus respiratorio sincicial.
Sanción: 17/07/2018; Promulgación: 17/07/2018; Boletín Oficial 20/07/2018.

La Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Declárase la Emergencia Sanitaria en la provincia de La Pampa, por el término de noventa (90) días, ante el incremente extraordinario de patologías relacionadas con infecciones respiratorias asociadas al virus respiratorio sincicial, en unidades de cuidados intensivos pediátricos.-
Art. 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a la adquisición de bienes de capital, bienes de consumo, servicios y a contratar las obras necesarias y oportunas a los fines de paliar o solucionar la emergencia que se declara por el artículo anterior, y a encuadrar y resolver las contrataciones pertinentes en los procedimientos previstos en el artículo 34 inc. c), subinciso 1), de la Ley Provincial de Contabilidad 3 y artículo 9°, inc. c), de la Ley General de Obras Públicas 38, y a contratar al personal necesario y por el lapso previsto en el artículo anterior, en el marco de las previsiones del artículo 6°, de la Ley 1279.-
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los diecisiete días del mes de julio de dos mil dieciocho.
Dip. Alicia Susana Mayoral, Vicepresidente 1°, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
Dra. Varinia Lis Marín, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.


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