DECRETO 1088/2018
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Declárese de Interés Provincial el videojuego titulado desde la oscuridad, para la inclusión de personas con discapacidad visual en el uso de tecnología multimedia con fines lúdicos, pedagógicos y culturales.
Del: 11/07/2018; Boletín Oficial: 12/07/2018

Visto el expediente 12730-D-2017-20108, en el cual se solicita se declare de Interés Provincial el videojuego titulado “DESDE LA OSCURIDAD”, creado por BITR STUDIO de Guillermo Nuñez, para la inclusión de personas con discapacidad visual en el uso de tecnología multimedia con fines lúdicos, pedagógicos y culturales, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 3/10 del expediente de referencia obra descripción general y fundamentos del referido videojuego, donde se expone que por primera vez en Latinoamérica, se ha creado un videojuego dirigido a personas con discapacidad visual, que les permite experimentar un juego que cumpla con los estándares internaciones de calidad profesional y a su vez relacionarse con otros jugadores que pueden ser personas con discapacidad o no, favoreciendo la inclusión y cumpliendo con una función pedagógica, ya que permite a personas sin discapacidad visual aprender a interactuar y ayudar a un no vidente en detalles simples o complejos de la vida cotidiana.
Que mediante el dictado de la Resolución Nº 963/17, la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, invita al Poder Ejecutivo a declarar de Interés Provincial, el videojuego titulado “DESDE LA OSCURIDAD”.
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y no representando compromiso económico para la Provincia,
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:

Artículo 1º- Declárese de Interés Provincial el videojuego titulado “DESDE LA OSCURIDAD”, creado por BITR STUDIO de Guillermo Nuñez, para la inclusión de personas con discapacidad visual en el uso de tecnología multimedia con fines lúdicos, pedagógicos y culturales.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Alfredo V. Cornejo; Nélida Elisabeth Crescitelli


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