LEY 2783-G
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhesión a la Ley nacional 27.420. Bastón rojo y blanco
Sanción: 21/03/2018; Promulgación: 12/04/2018; Boletín Oficial: 20/04/2018

La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco sanciona con fuerza de LEY

Artículo 1°: Adhiérese la Provincia del Chaco, en el ámbito de su competencia, a la ley nacional 27.420, por la cual se adopta, como instrumento de orientación y movilidad para las personas con sordoceguera, el uso del bastón rojo y El Bastón rojo y blanco será considerado un elemento y/ o instrumento de apoyo en los términos del artículo 35 de la ley 24.901 y su cobertura será obligatoria para los efectores del servicio público de salud y para la Obra Social Provincial.
Art. 2°: La autoridad de aplicación de la presente, será conjuntamente el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco.
Art. 3°: El Poder Ejecutivo deberá, a través de la autoridad de aplicación, implementar los mecanismos necesarios para difundir acabadamente la presente norma.
Art. 4°: Invítase a los Municipios de la Provincia a adherir a la presente ley.
Art. 5°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Rubén Dario Gamarra, Lidia Elida Cuesta


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