DECRETO 303/2018
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Apruébase el Acuerdo de Reciprocidad y Compensación en Materia de Salud celebrado entre el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, representado por su Gobernador, Dr. Adrián Oliva Alcázar y el Gobierno de la Provincia de Salta
Del: 06/03/2018; Boletín Oficial: 08/03/2018

VISTO el Acuerdo de Reciprocidad y Compensación en Materia de Salud celebrado entre el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija y el Gobierno de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho Acuerdo Bilateral tiene por objeto establecer entre las partes compromisos de cooperación y reciprocidad en materia de atención sanitaria en los ámbitos de sus competencias, a fin de garantizar las prestaciones de salud a los ciudadanos de ambos Estados, conforme su normativa vigente y a los acuerdos que en el futuro suscriban el Estado Plurinacional de Bolivia y la República Argentina; Que la citada reciprocidad implica la realización de los esfuerzos destinados a procurar la atención sanitaria a los ciudadanos de ambos Estados, dentro de la jurisdicción territorial del Departamento de Tarija y de la Provincia de Salta;
Por ello, y en el marco de lo dispuesto por los artículos 140, párrafo segundo y 144, inciso 14 de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase el Acuerdo de Reciprocidad y Compensación en Materia de Salud celebrado entre el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, representado por su Gobernador, Dr. Adrián Oliva Alcázar y el Gobierno de la Provincia de Salta, representado por el suscripto; el que como Anexo forma parte integrante del presente.
Art. 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Urtubey; Simón Padrós

ANEXO




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