DECRETO 1413/2017
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Convenio marco multilateral de colaboración, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y la Municipalidad de San Rafael
Del: 15/08/2017; Boletín Oficial: 16/11/2017

Visto el expediente 128-D-17-77771, en el cual se solicita la aprobación del CONVENIO MARCO MULTILATERAL DE COLABORACION y el ACTA COMPLEMENTARIA N° 1, celebrados oportunamente entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado por la Ministra Farm. CLAUDIA INES NAJUL y la MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL, representada por su Intendente Sr. EMIR FELIX,
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y en virtud a lo establecido por el Art. 3° inc. i) de la Ley N° 8830,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA D E C R E T A:

Artículo 1°- Apruébese el CONVENIO MARCO MULTILATERAL DE COLABORACION, celebrado oportunamente entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado por la Ministra Farm. CLAUDIA INES NAJUL y la MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL, representada por su Intendente Sr. EMIR FELIX, con el objeto de mancomunar esfuerzos, para ensamblar políticas públicas conjuntas en el ámbito regional para la promoción, prevención, capacitación y asistencia de la salud mental infanto-juvenil, el que en fotocopia autenticada como ANEXO I forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2°- Apruébese el ACTA COMPLEMENTARIA N° 1, celebrada oportunamente entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado por la Ministra Farm. CLAUDIA INES NAJUL y la MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL, representada por su Intendente Sr. EMIR FELIX, con el objeto de crear el “Centro de Salud Mental Infanto Juvenil de San Rafael”, el que en fotocopia autenticada como ANEXO II forma parte integrante del presente decreto.
Art. 3°- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes y por el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia.
Art. 4°- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Alfredo V.Cornejo; Claudia Najul; Dalmiro Garay Cueli

Anexo

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