DECRETO 887/2017
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
RATIFICASE en todas sus partes el CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Del: 03/10/2017; Boletín Oficial 09/11/2017.

VISTO:
El Expediente MSA-Nº 968.872/17, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar el “CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ”, suscripto en fecha 10 de julio del corriente año, celebrado entre la Provincia de Santa Cruz, representada por la Ministra de Salud y Ambiente, Odontóloga María Rocío GARCÍA, por una parte y por la otra, el Ministerio de Salud de la Nación, representado por su titular, Doctor Jorge Daniel LEMUS, de conformidad con las diez (10) Cláusulas que lo componen, el que como Anexo forma parte integrante del presente;
Que el presente Convenio tiene por objetivo establecer las condiciones de cooperación y acción conjunta entre las partes, para el desarrollo del “PROGRAMA” en el territorio de la Provincia de Santa Cruz con el propósito de trabajar sobre los factores que determinan y condicionan la situación actual de salud y a la vez promover y fortalecer en los municipios el desarrollo de políticas de promoción y prevención que los aborden de manera integral;
Que a su vez se establece como objetivos promover convenios interjurisdiccionales en salud entre “EL MINISTERIO”, “LA PROVINCIA” y los municipios, los cuales se suscribirán a través de Acuerdos Territoriales basados en el presente convenio marco, como así también, articular de manera efectiva programas nacionales y provinciales que resulten relevantes para la generación de políticas que aborden los determinantes de la salud en los municipios, y brindar asistencia técnica a los municipios que implementen “EL PROGRAMA”;
Que dicho Convenio entrará en vigencia el día siguiente de su firma, tendrá una duración de dos (2) años y se prorrogará automáticamente de no mediar comunicación fehaciente en contrario proveniente de alguna de las partes, con una antelación de al menos sesenta (60) días a su vencimiento, no afectando la anulación del convenio a las actividades aprobadas y que se estén ejecutando;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAL-Nº 1447/17, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales, obrante a fojas 16 y SLyT-GOB-Nº 642/17, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 20/21;
La Gobernadora de la Provincia decreta:

Artículo 1°.- RATIFICASE en todas sus partes el “CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ”, suscripto en fecha 10 de julio del corriente año, celebrado entre la Provincia de Santa Cruz, representada por la Ministra de Salud y Ambiente, Odontóloga María Rocío GARCÍA, por una parte y por la otra, el Ministerio de Salud de la Nación, representado por su titular, Doctor Jorge Daniel LEMUS, de conformidad con las diez (10) Cláusulas que lo componen, el que como Anexo forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Salud y Ambiente.-
Art. 3°.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-
Dra. Kirchner; Od. María Rocío García.


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