LEY 9056
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Modificación de la Ley N° 5473, Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial.
Sanción: 21/09/2017; Promulgación: 31/10/2017; Boletín Oficial 06/11/2017.

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 5473, en la forma que a continuación se indica:
- Incorporar en el Art. 27 los siguientes incisos:
“9.- Por día femenino.- Se establece para el personal femenino una licencia especial de (1) un día al mes denominado “Día Femenino”.
10.- Licencia Especial por prevención y cuidado de la salud femenina. Se establece para el personal femenino una licencia especial de dos (2) días consecutivos anuales para exámenes ginecológicos (Papanicolau, mamografías, y otros estudios ginecológicos necesarios para el resguardo de la salud de la mujer) para personal femenino y dos (2) días consecutivos cada seis (6) meses para personal femenino encuadrados dentro de grupos de riesgo.
Se denominan grupos de riesgo a aquellas agentes femeninas cuyas historias clínicas-médicas presenten ciertas características, ya sea biológicas o físicas, que impliquen mayores probabilidades de contraer determinadas enfermedades.
El factor de riesgo debe existir antes de contraer una enfermedad.
Las licencias establecidas en este inciso no son acumulables.
11.- Por violencia de género establecida por Ley N° 8981. Esta podrá ser prorrogada.”
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete.
Julio Fabio Silman, Presidente Subrogante a/c de la Presidencia H. Legislatura de Tucumán.
Claudio Antonio Pérez, Secretario H. Legislatura de Tucumán.


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