RESOLUCIÓN 2326/2017
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Apruébase el procedimiento administrativo de aplicación a los trámites de Ayudas Sociales a Personas con indicación de Trasplante de Médula Ósea.
Del: 25/10/2017; Boletín Oficial 31/10/2017.

VISTO:
La Ley Nacional N° 24.193 y modificatorias, la Ley 3294, la Ley Nº 2095 (texto consolidado Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario Nº 327/2017, Decreto Nº 433/2016 Resolución N° 424/MHGC/2013 y sus modificatorias, Resolución Nº 158/SS/98, Resolución Nº 2123/SS/02 y Resolución Nº 181/SS/03, y el Expediente N° EX-2017-2575454-MGEYA-DGADCYP,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.193 se aprueba el régimen que alcanza las nuevas, prácticas o técnicas y que se encuentran vinculadas con la implantación de órganos o tejidos en seres humanos;
Que el Instituto Nacional Central Único, Coordinador de Ablación E Implante (INCUCAI), es el organismo que normatiza, coordina y fiscaliza las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células en nuestro país, y que de manera coordinada actúa a Nivel Nacional con los correspondientes Organismos Jurisdiccionales de ablación e implante con el fin de brindar a la población un acceso transparente y equitativo al trasplante;
Que mediante Ley 3294 se crea el Instituto de Trasplante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Salud estableciéndose que será la autoridad de contralor jurisdiccional, en forma exclusiva y excluyente en los términos establecidos de la Ley Nacional de Trasplante N° 24.193 y su modificatoria N° 26.066 y normas complementarias;
Que por Resolución Nº 158/SS/98 se aprobó el procedimiento para Ayudas Sociales a personas de escasos recursos;
Que, asimismo mediante Resolución Nº 2123/SS/02 modificada por Resoluciones 181/SS/03 y 1872/SS/03 se estableció el procedimiento de selección de prestador para la realización de Trasplantes de Medula Ósea de conformidad con la Resolución Nº 158/SS/98, como así también el Listado de Centros autorizados por el Instituto Nacional Central Único, Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI);
Que la atención hospitalaria de las personas comprende una gran diversidad de actividades, cuya realización requiere la utilización de recursos de complejidad, costo y especificidad por paciente extremadamente variable;
Que la denominación “Ayudas Sociales a Personas” se corresponde con la partida presupuestaria específica del Clasificador Presupuestario del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley Nº 5666) se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos, estableciendo entre otras, los procedimientos de selección;
Que, por su parte el artículo 28 inciso 11 de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley Nº 5666) contempla los contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebran las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate;
Que mediante Decreto N° 326/2017 reglamentario de la Ley N° 2095 (Texto Consolidado Ley Nº 5666) - Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- se establecieron en su Anexo I los niveles de decisión y cuadro de competencias;
Que mediante Decreto N° 433/2016 se establecen los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad, de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70 y se derogan los Decretos N° 556/2010 y N° 752/2010;
Que por la particularidad y la especificidad que conllevan las prestaciones con indicación de Trasplante de Médula Ósea y, la dificultad que se ha verificado en sendos procesos de contratación llevados a cabo por los Efectores para canalizar las mismas, la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto propicia establecer el procedimiento administrativo para este tipo de prestaciones;
Que resulta necesario proceder al dictado del acto administrativo que contemple la normativa citada, como así también lo expuesto;
Que a través del Decreto N° 675/GCBA/2016, se aprobó la estructura Orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encontrándose comprendido este Ministerio de Salud;
Que han tomado intervención- en el marco de sus competencias- el Ente Autárquico Instituto del Trasplante y, la Dirección General Legal y Técnica de esta Jurisdicción, Por ello, en atención a las competencias conferidas por la Ley Nº 5.460 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666),
La Ministra de Salud resuelve:

Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento administrativo de aplicación a los trámites de Ayudas Sociales a Personas con indicación de Trasplante de Médula Ósea, que como Anexo identificado bajo el Nº IF-2017-24.321.638 -DGADCYP forma parte integrante de la presente.
Art. 2°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, la que comunicará a todas las Unidades de organización de este Nivel Central y Efectores de Salud dependientes de este Ministerio de Salud.
Bou Pérez.

Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

Copyright © BIREME  Contáctenos