RESOLUCION 143/2014
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (I.N.C.U.C.A.I.)


 
Sistema de Asistencia Financiera para la Instalación del Programa Hospital Donante.
Del: 15/04/2014

VISTO el Expediente Nº 1-2002-4638000220/14-1 del registro del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), las disposiciones de la Ley Nº 24.193 (T.O. Ley Nº 26.066) y la Resolución INCUCAI Nº 229/13; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución citada en el visto se aprueba el PROGRAMA HOSPITAL DONANTE, cuyo objetivo consiste en incorporar la procuración como una actividad propia de los hospitales acreditados, de manera tal de lograr el desarrollo de la capacidad potencial de generación de donantes de órganos y tejidos, instalando los indicadores de la actividad de procuración.
Que asimismo, el PROGRAMA se propone garantizar todas las etapas del proceso de donación en el hospital, a través de la realización de acciones de capacitación hacia todos los niveles del capital humano del establecimiento, la implementación de protocolos previamente establecidos y de un sostenido plan de comunicación interna y externa.
Que para su ejecución se prevé la suscripción de Compromisos de Gestión con todos actores del sistema, en los cuales se establezcan las metas anuales exigibles a la conducción del hospital, y se estimule la realización de la labor de procuración como parte de las tareas asistenciales habituales.
Que la Resolución INCUCAI Nº 229/13 establece las fuentes de financiamiento del PROGRAMA, las que contemplan, además del presupuesto institucional, los recursos de la recuperación de costos de procuración y aquellos de este Organismo Nacional, entre ellos, los provenientes del Fondo Solidario de Trasplantes creado por el artículo 49 de la Ley Nº 24.193.
Que en dicho marco, y con el fin de asegurar la instalación del PROGRAMA HOSPITAL DONANTE y el cumplimiento de las responsabilidades inherentes a las estrategias que prevé, resulta apropiado complementar y precisar los aspectos de financiamiento contemplados en la Resolución mencionada.
Que en una primera instancia, la puesta en marcha del PROGRAMA se circunscribirá a un determinado número de hospitales seleccionados en atención a su producción histórica y potencialidad en la generación de donantes, su capacidad instalada, organizativa, equipos técnicos y profesionales.
Que dichos establecimientos contaran con adecuado sistema de auditoria de los planes de acción acordados, lo que permitirá, no solo evaluar la marcha del PROGRAMA, sino también su instalación en otros establecimientos.
Que debe tenerse presente, que aquellos establecimientos que en esta primera instancia no se encuentren en condiciones de incorporarse al PROGRAMA, contarán con los recursos del Fondo Solidario de Trasplante para el desarrollo y ejecución de proyectos de inversión conforme lo establecido en la Resolución INCUCAI Nº 356/10.
Que paralelamente a ello, y en base al análisis efectuado por la Dirección Médica del Organismo respecto al seguimiento del Subprograma de Garantía de Calidad en el Proceso de Donación, a los resultados alcanzados durante los últimos años en el número de donantes reales y de tejidos y demás variables de la actividad, se plantea la necesidad de considerar un nuevo esquema de trabajo con relación a las coordinaciones hospitalarias financiadas por el INCUCAI, en el marco del Programa Federal de Procuración.
Que con esta modalidad se pretende fortalecer el rol de los coordinadores de trasplante, precisando el perfil para el ejercicio del cargo, seleccionando los efectores, y estableciendo nuevos parámetros contractuales, particularmente en los montos y exigencias.
Que los presupuestos establecidos en la presente norma, surgen como consecuencia de la evaluación y el intercambio de experiencias que tuvieron lugar en las reuniones llevadas a cabo con las distintas COMISIONES REGIONALES DE TRASPLANTE (CORETRAS), durante el primer trimestre del año.
Que las Direcciones Médica y de Administración, y las Coordinaciones de Asuntos Jurídicos, de Comunicación Social y de Fondo Solidario de Trasplante, han tomado la intervención de su competencia.
Que la medida que adopta ha sido aprobada por el Directorio en su sesión ordinaria de fecha 15 ABR 2014, conforme surge del texto Acta Nº 14 y ha sido sometida a consideración de la Comisión Federal de Trasplante (C. FE. TRA) en la reunión del día 8 de abril de 2014.que se actúa en el marco de las competencias conferidas por la Ley Nº 24.193 (t.o. Ley Nº 26.066) y Decreto Nº 512/95 (t.o. Decreto Nº 1949/06).
Por ello,
El Directorio del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante resuelve:

Artículo 1º.- Créase el SISTEMA DE ASISTENCIA FINANCIERA PARA LA INSTALACION DEL PROGRAMA HOSPITAL DONANTE, aprobado por Resolución INCUCAI Nº 229/13, que se detalla en el ANEXO I y que forma parte de la presente resolución.
Art. 2º.- Dispónese que los propósitos previstos en el artículo precedente se instrumentaran a través de Compromisos de Gestión, serán solventados con recursos del INCUCAI correspondientes al Fondo Solidario de Trasplante, y estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria pertinente.
Art. 3º.- Apruébase el modelo de “Compromiso de Gestión” referido en el artículo precedente, que como ANEXO II forma parte de la presente, el que se adecuara a los procedimientos y normas vigentes en las diferentes Jurisdiccionales con las que se celebre el acuerdo.
Art. 4º.- Determinase las pautas y requisitos para el FORTALECIMIENTO DE LAS COORDINACIONES HOSPITALARIAS DE TRASPLANTE, de conformidad a los descripto en el Anexo III que también forma parte de la presente resolución.
Art. 5º.- Regístrese. Notifíquese a la Secretaria de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud de la Nación, a las Autoridades Sanitarias Jurisdiccionales y Organismo Provinciales de Ablación e Implante. Comuníquese al Consejo Asesor de Pacientes y a las áreas competentes del INCUCAI. Cumplido, archívese.
Dr. Carlos A. Soratti

ANEXO
Enlace a la presente resolución incluyendo el texto completo de sus respectivos anexos desde aquí.

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