RESOLUCIÓN 178/2017
HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT


 
Provisión de medicación especial a pacientes oncológicos.
Del: 05/09/2017; Boletín Oficial 14/09/2017.

La Legislatura de la Provincia del Chubut resuelve:

Artículo 1°.- En virtud de la facultad otorgada por el artículo 134° inciso 3° de la Constitución Provincial y el artículo 77° del Reglamento de esta Honorable Legislatura de la Provincia, solicitamos que el Poder Ejecutivo Provincial remita respuesta completa, escrita y/o impresa en soporte papel a esta Legislatura, en el plazo improrrogable de cinco (5) días, en la que consten detalles pormenorizados de:
1. Razones por las cuales se registran demoras en las entregas de medicación especial a pacientes que padecen patologías oncológicas.
2. Tiempo que demora actualmente la provisión de medicación especial a pacientes oncológicos según conste en la documentación del Ministerio correspondiente, habida cuenta que en esta Legislatura obra documentación acercada por pacientes que certifican la existencia de más de cuarenta (40) días de retraso, quienes han denunciado la interrupción de su tratamiento y el consecuente agravamiento de su estado de salud.
3. Cantidad de pacientes, por Área Programática, afectados por el retraso en la entrega de medicación oncológica o citostática.
4. Informe acciones que se estén llevando a cabo para solucionar esta problemática.
5. Presupuesto oficial anual destinado a la adquisición de medicación oncológica o citostática para pacientes atendidos por los hospitales públicos de la provincia del Chubut.
6. Porcentaje ejecutado del presupuesto oficial anual destinado a la adquisición de medicación oncológica o citostática al 1° de septiembre de 2017 y monto ejecutado al 1° de septiembre de 2017 por cada Área Programática dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia del Chubut.
7. Cantidad de pacientes oncológicos que son asistidos por el Estado Provincial al 1 de septiembre de 2017, discriminados por Área Programática en que divide su territorialidad el Ministerio de Salud de la Provincia del Chubut.
8. Informe si existe en las oficinas de farmacia de los hospitales zonales y subzonales partidas de medicación oncológica o citostática en stock para tratamiento de quimioterapia y mantenimiento, habida cuenta la rutina mensual de provisión para el tratamiento de afecciones que no pueden ver interrumpido su abordaje.
9. Detalle del trámite que debe realizar un paciente que concurre a un hospital público, con receta en mano, para recibir su medicación oncológica; etapas que demanda la consecución del trámite hasta que el paciente reciba en mano su medicación y tiempos promedios normales que demanda cada etapa.
10. Listado de proveedores de medicación oncológica ante el Ministerio de Salud de la Provincia, domicilios, cantidad de órdenes de compra adjudicada a cada uno por Área Programática desde el 1° de enero al 1° de septiembre de 2017, monto general de dichas órdenes de compra discriminadas por proveedor, y tiempo de respuesta de cada proveedor hasta que el medicamento llega a cada farmacia del hospital que ha registrado la demanda.
Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
Dr. Adrián Gustavo López; Vicepresidente 1º Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.
Damián Emanuel Biss; Secretario Legislativo Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.


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