RESOLUCIÓN 876/2017
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Apruébase la Reglamentación de las Residencias de Salud. Derogación de la Resolución N° 453/2013.
Del: 12/09/2017; Boletín Oficial 14/09/2017.

VISTO: El expediente Nro. 0425-335899/2017, del registro de esta Cartera de Salud.
Y CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones de referencia la Dirección General de Capacitación y Formación en Salud de esta Cartera promueve la modificación del Reglamento de Residencias en Salud actualmente en vigencia, aprobado por Resolución Ministerial Nro. 0453/2013.
Que desde la Dirección impulsora se destaca que las modificaciones pretendidas, las cuales comprenden cambios totales o parciales de los Capítulos, artículos y puntos del actual Reglamento, procuran principalmente contar con un instrumento que contenga las actualizaciones necesarias, adecuándolo a los nuevos tiempos y en concordancia con otras legislaciones vigentes, para el mejor funcionamiento del sistema relacionado con la formación de Post-Grado en los Hospitales Provinciales.
Que las modificaciones se impulsan tratando de no alterar el espíritu de la Residencia, cuyo objetivo sigue siendo el mismo, que es el de completar y perfeccionar los conocimientos adquiridos a nivel de grado Universitario, capacitando a los egresados para un correcto ejercicio profesional, adecuado a la realidad regional y nacional.
Que el tenor y magnitud de las modificaciones propuestas aconsejan el dictado de un Instrumento legal que recepte de modo integral la Reglamentación que se acompaña a fs. 4/11, implementándolas por medio de un nuevo acto administrativo que las acoja de forma autosuficiente, sin referencias a otros instrumentos previos, satisfaciendo así los requisitos de sencillez y economicidad que impone el artículo Nro. 174 de la Constitución Provincial.
Que la gestión impulsada encuentra su fundamento en las previsiones del artículo Nro. 27 inciso 5 del Decreto Nro. 1791/2015, ratificado por Ley Nro. 10.337.
Por ello, en uso de sus atribuciones, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo Nro. 1302/2017,
El Ministro de Salud resuelve:

Artículo 1°.- DÉJASE SIN EFECTO a partir de la fecha del presente Instrumento Legal la Resolución Nro. 0453 de fecha 12 de junio de 2013.
Art. 2°.- APRUÉBASE a partir de la fecha de la presente Resolución Ministerial la “Reglamentación de las Residencias de Salud” de esta Jurisdicción Ministerial, la cual compuesta de OCHO (08) fojas forma parte integrante del presente Instrumento Legal como Anexo I del mismo.-
Art. 3°.- FACÚLTASE a la Dirección General de Capacitación y Formación en Salud para dictar las normas e instructivos que fueren necesarios para la instrumentación de la presente Resolución.-
Art. 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dr. Francisco José Fortuna, Ministro de Salud.

Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

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