LEY 1164
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhesión de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 26.588 y su modificatoria 27.196, que declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca.
Sanción: 18/05/2017; Promulgación: 15/06/2017; Boletín Oficial 19/06/2017.

La Legislatura de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Adhierése la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 26.588 y su modificatoria 27.196, que declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, excepto en los artículos 4° bis y 13 inciso f).
Art. 2°.- El Ministerio de Salud de la Provincia será la autoridad de aplicación de la presente.
Art. 3°.- Invitase a los municipios de las ciudades de Ushuaia, Tolhuin y Río Grande a adherir a la presente ley.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en sesión ordinaria del día 18 de mayo de 2017.
Arcando.


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