LEY 1162
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhesión de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley Nacional 27.043 que declara de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA).
Sanción: 18/05/2017; Promulgación: 14/06/2017; Boletín Oficial 19/06/2017.

La Legislatura de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Adhiérase la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 27.043 que declara de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA).
Art. 2°.- La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud o aquel que en el futuro lo reemplace.
Son funciones de la autoridad de aplicación:
a) la investigación clínica y epidemiológica y su difusión;
b) la formación profesional en su pesquisa; y
c) la detección temprana en el marco de la legislación vigente.
Art. 3°.- La obra social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTDF) deberá otorgar las prestaciones previstas por la Ley nacional 27.043.
Art. 4°.- Las personas objeto de esta ley podrán optar por el tratamiento que consideren más adecuado, acorde a todas las orientaciones y abordajes profesionales reconocidos por la autoridad de aplicación.
Art. 5°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente en un plazo no mayor a sesenta (60) días a partir de su promulgación.
Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en sesión ordinaria del día 18 de mayo de 2017.
Arcando.


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