RESOLUCIÓN 1024/2017
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Prórroga de la vigencia de los certificados de discapacidad
Del: 23/05/2017; Boletín Oficial: 29/05/2017

VISTO:
El Convenio N° 10/06 celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, la Resolución Nº 675/2009 del Ministerio de Salud de la Nación, el Decreto 795/07, el Convenio Específico de Cooperación Técnica entre el Servicio Nacional de Rehabilitación y Ministerio de Salud, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Convenio Nº 10/06 el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación acordaron la implementación del Certificado de Discapacidad, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nacional N° 22.431 y sus modificatorias, a extenderse a toda aquella persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, motora, sensorial o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social educacional o laboral;
Que, mediante Resolución Nº 675/2009 el Ministerio de Salud de la Nación aprobó el Modelo de Certificado Único de Discapacidad a que se refiere el artículo 3 de la Ley 22.431 (modificado por la Ley 25.504) y el Protocolo de Evaluación y Certificación de la Discapacidad;
Que, en virtud de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 795/07, el Ministerio de Salud se encuentra facultado para emitir certificados de discapacidad a favor de todas las personas con necesidades especiales que residan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a su vez a dictar las normas de procedimientos y aprobar los requisitos y documentos necesarios para el cumplimiento de la tarea que le fuera encomendada;
Que, a través del Convenio Específico de Cooperación Técnica entre el Servicio Nacional de Rehabilitación y Ministerio de Salud de fecha 03/06/2014, se establecieron los lineamientos para la implementación del Certificado Único de Discapacidad;
Que, teniendo en cuenta el considerable crecimiento de las solicitudes de evaluación de la discapacidad por las Juntas Evaluadoras y de renovación de los Certificados oportunamente emitidos, es necesario dar solución a dicha demanda, a los fines de evitar un perjuicio a las personas que podrían sufrir una pérdida de los beneficios emanados del certificado.
Por ello y en virtud de lo establecido en el artículo 8°, inciso b) punto 7 de la Ley Nº 5.460 y el artículo 2º del Decreto Nº 795/GCBA/07,
La Ministra de Salud resuelve:

Artículo 1°.- Establécese la prórroga de la vigencia de los certificados de discapacidad emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya fecha de vencimiento se encuentre comprendida entre el 15 de Mayo de 2017 y el 31 de octubre de 2017, por 120 días.
Art. 2º.- La prórroga deberá constar en el reverso del certificado de discapacidad original consignando el funcionario autorizado a integrar las Juntas de Discapacidad, la nueva fecha de vencimiento de aquél, debiéndose anotar asimismo el número de la presente Resolución.
Art. 3º.- El Centro Único de Evaluación y Orientación de la Discapacidad deberá conformar un registro informático de los certificados renovados en el marco de la presente, debiendo constar, por lo menos, con los siguientes datos: nombre y apellido, documento de identidad, número de Certificado, tipo de discapacidad, fecha de vencimiento, fecha de renovación y profesional interviniente.
Art. 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento, comunicación y demás efectos, pase a la Dirección General Hospitales, al Centro Único de Evaluación y Orientación de la Discapacidad, al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, y por Nota de Estilo, comuníquese al Servicio Nacional de Rehabilitación, a la Superintendencia de Servicios de Salud, y a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese.
Bou Pérez


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