LEY 3059
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhesión de la provincia de Neuquén a la Ley Nacional N° 25.643, turismo accesible para las personas con movilidad y/o comunicación reducidas.
Sanción: 04/04/2017; Promulgación: 11/05/2017; Boletín Oficial 19/05/2017.

POR CUANTO:
La Legislatura de la provincia del Neuquén sanciona con Fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Adhiérese a la Ley Nacional 25643, de turismo accesible para las personas con movilidad y/o comunicación reducidas.
Art. 2°.- La adhesión referida en el artículo precedente, se efectúa con expresa reserva de jurisdicción, legislación, ejecución y control de las competencias que le corresponden a la Provincia.
Art. 3°.- Establécese como autoridad de aplicación en el ámbito de la Provincia, al Ministerio de Producción y Turismo, o el órgano que, en el futuro, le remplace.
Art. 4°.- Invítase a los municipios de primera categoría a adherirse al régimen establecido por la presente Ley.
Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los cuatro días de abril de dos mil diecisiete.
Alma Liliana Sapag; Vicepresidenta 1° a/c. Presidencia H. Legislatura del Neuquén.
Julieta Carroza; Secretaria H. Legislatura del Neuquén.


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