LEY 5404
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA


 
Cuidado Integral de la Salud de las Personas con Enfermedades poco Frecuentes (EPF). Adhiere a la ley 26.689.
Sanción: 14/08/2014; Promulgación: 10/10/2014; Boletín Oficial 30/01/2015

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Catamarca sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Adhiérese la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 26.689/2011, mediante la cual se promueve el Cuidado Integral de la Salud de las Personas con Enfermedades poco Frecuentes (EPF), y mejorar la calidad de vida de ellas y sus familias.
Art. 2°.- Dispónese que el Ministerio de Salud de la Provincia, dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, en el lapso de sesenta días (60), confeccione un acuerdo, conforme a lo establecido en el Artículo 7mo de la Ley Nacional N° 26.689, con el Ministerio de Salud de la Nación.
Art. 3°.- De forma.
Dr. José Daniel Saadi; Marcelo Daniel Rivera; Dr. Fabricio Agüero; Dr. Juan José Santiago Bellón.


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