DECRETO 534/2017
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Apruébase el Convenio Marco para la Implementación del Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables en la Provincia de Salta, suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta.
Del: 25/04/2017; Boletín Oficial 03/05/2017.

Expedientes n°s. 33244/17 y 71285/17-código 321
VISTO las presentes actuaciones por las cuales se solicita se apruebe el Convenio Marco para la Implementación del Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables en la Provincia de Salta, suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el señor Ministro, doctor JORGE DANIEL LEMUS y el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta, representado por el doctor ROQUE MASCARELLO, y
CONSIDERANDO:
Que los Ministerios acuerdan establecer las condiciones de cooperación y acción conjunta para el desarrollo del Programa en el territorio de la Provincia de Salta con el fin de trabajar sobre los factores que determinan y condicionan la situación actual de salud, a la vez que promueven y fortalecen en los municipios el desarrollo de políticas de promoción y prevención que los aborden de manera integral;
Que los organismos competentes tomaron la intervención previa que les compete;
Por ello,
El Gobernador de la Provincia decreta:

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio Marco para la Implementación del Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables en la Provincia de Salta, suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el señor Ministro, doctor JORGE DANIEL LEMUS y el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta, representado por el doctor ROQUE MASCARELLO, que forma parte del presente.
Art. 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Urtubey; Mascarello; Simón Padrós.

ANEXO





Copyright © BIREME  Contáctenos