RESOLUCIÓN 906/2017
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Aprobación del Programa de Capacitación de Recursos Humanos de Salud.
Del: 07/04/2017; Boletín Oficial 21/04/2017.

VISTO el expediente N° 2900-40067/17 por el cual se gestiona la aprobación del Programa de Capacitación de Recursos Humanos de Salud, y
CONSIDERANDO:
Que es prioridad para el Gobierno Provincial poner en marcha un plan de mejoras en los servicios de salud, en particular en las guardias hospitalarias, tanto en materia de recursos humanos, infraestructura y equipamiento e insumos, así como en capacitación del personal;
Que la atención de la salud se sustenta en equipos profesionales con los máximos niveles de formación que, en un contexto de cambios tecnológicos y epidemiológicos, requieren además de procesos de actualización permanentes;
Que fortalecer la formación de recursos humanos de salud se constituye en una de las formas para mejorar la calidad de la atención para avanzar hacia la garantía del derecho a la salud a la población;
Que con fecha 29 de diciembre de 2015 el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires, a través del Decreto N° 47/15 B aprobó la estructura orgánico funcional de este Ministerio en donde se crea la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas;
Que dicha Subsecretaría tiene entre otras funciones las de conducir, organizar y programar las actividades para el desarrollo, la promoción y la atención integral según las necesidades específicas del ciclo de vida y grupos en situación de vulnerabilidad;
Que el 1° de octubre de 2016 inició el proyecto PNUD ARG/16/006 “Apoyo al Plan Estratégico para garantizar una vida sana y promover el bienestar de toda la población de la provincia de Buenos Aires, en todas las etapas de su ciclo de vida (2016/2019)”;
Que entre sus objetivos, dicho Proyecto persigue la promoción del desarrollo de capital humano en el ámbito de este Ministerio y sus dependencias, llevando a cabo acciones que generen un cambio en la cultura organizacional, mejorando las condiciones y ambientes de trabajo;
Que la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) es quien representa a este Ministerio en todas las transacciones que se realicen con los organismos financiadores multilaterales y otras con terceras partes, con relación a aspectos inherentes a la implementación operativa de los Programas y Proyectos;
Que la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) es la responsable por la gestión y administración de los fondos del PNUD en este Ministerio.
Que contar con un Programa de capacitación a los equipos de salud, contribuye a fortalecer la calidad de la atención, la mejora de la accesibilidad al sistema de salud y la atención integral de las personas;
Que a fojas 7 ha prestado conformidad la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 de la Ley Nº 14.853;
Por ello,
La Ministra de Salud, resuelve:

Artículo 1°.- Aprobar el Programa de Capacitación de Recursos Humanos de Salud, el cual pasa a formar parte integrante de la presente como Anexo Único, y establecer que las horas previstas para cada lineamiento podrán ser reasignadas entre los mismos de acuerdo a la necesidad de capacitación.
Art. 2°.- Aprobar la asignación de hasta pesos dos millones ($ 2.000.000) del presupuesto PNUD al Programa de Capacitación para el año 2017 que se aprueba por el artículo anterior.
Art. 3°.- Definir como destinatarios de las capacitaciones al personal directivo, médico y técnico, de Enfermería, Administrativo y de Limpieza y Mantenimiento de este Ministerio.
Art. 4°.- Estructurar las capacitaciones en jornadas, talleres o cursos y establecer a la hora cátedra como unidad de medida para estimar los presupuestos correspondientes, siendo el valor de la hora cátedra de pesos quinientos ($ 500), el cual podrá ser ajustado mediante Resolución de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas.
Art. 5°.- Establecer que la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas será quien identifique las necesidades de capacitación y solicite mediante nota formal dirigida a la Coordinación General de la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP), la contratación de los servicios de consultoría para dictar la misma.
Art. 6°.- Establecer como mecanismo de contratación de los capacitadores a los vigentes en el marco del Programa PNUD, conforme la normativa del Organismo y procedimientos previstos por la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP).
Art. 7°.- Registrar, comunicar y publicar. Cumplido archivar.
Zulma Ortiz; Ministra de Salud.



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