DECRETO 341/2017
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Créase en el ámbito del Poder Ejecutivo, la Unidad de Representación del Instituto Provincial de Salud de Salta.
Del: 21/03/2017; Boletín Oficial 28/03/2017.

VISTO el artículo 140 de la Constitución Provincial y la Ley N° 7127 de "Creación del Instituto Provincial de Salud de Salta"; y,
CONSIDERANDO:
Que el Gobernador ejerce la función gubernativa de la formulación y dirección de las políticas de la Provincia, determina los objetivos y selecciona los medios e instrumentos adecuados para cada una de ellas, asistido por los funcionarios que designe al tal fin;
Que conforme a la Ley N° 7127 de "Creación del Instituto Provincial de Salud de Salta", corresponde al Poder Ejecutivo tanto la designación de los miembros del Directorio como su remoción;
Que el Dr. Luis Gabriel Chagra Dib, se desempeña como Presidente del Directorio del Instituto Provincial de Salud y ha sido electo Presidente del Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina -COSSPRA-, desde el 31 de marzo de 2016;
Que las actividades propias del Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina, demandan la presencia continua y permanente de quien ejerce dicha presidencia, para la efectiva implementación y ejecución de las políticas previsionales que el mismo procura imponer en la República Argentina;
Que en consecuencia, resulta necesario establecer un ámbito institucional que favorezca el desarrollo de las actividades propias del Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina lo cual repercutirá en la optimización de recursos, otorgando eficiencia y eficacia al Sistema de Seguro de Salud que administra el Instituto Provincial de Salud de Salta, Obra Social Provincial;
Que la presente medida se enmarca en lo dispuesto en el artículo 144, inciso 2, de la Constitución Provincial;
Por ello,
El Gobernador de la Provincia de Salta decreta:

Artículo 1°.- Créase en el ámbito del Poder Ejecutivo, la Unidad de Representación del Instituto Provincial de Salud de Salta, que tendrá como objeto ejercer la representación legal e institucional del I.P.S.S. ante el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina, con jerarquía de Secretaría de Estado y dependencia directa del Poder Ejecutivo.
Art. 2°.- La Unidad de Representación del Instituto Provincial de Salud de Salta, estará a cargo de un Director Ejecutivo, que tendrá la función de ser el representante de la Obra Social Provincial ante el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina.
Art. 3°.- Desígnase al Dr. Luis Gabriel Chagra Dib, D.N.I. N° 13.701.015 como Director Ejecutivo de la Unidad de Representación del Instituto Provincial de Salud de Salta, a partir de la fecha del presente, conservando el nivel remunerativo previsto en el Decreto N° 233/08.
Art. 4°.- Con igual vigencia que la indicada en el artículo anterior, déjase sin efecto la designación del Dr. Luis Gabriel Chagra Dib, en el cargo de Presidente del Directorio del Instituto Provincial de Salud de Salta, dispuesta mediante Decisión Administrativa N° 8/15.
Art. 5°.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente será imputado a la partida correspondiente del Ministerio de Salud Pública - Ejercicio vigente.
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
Art. 7°.- Comuníquese, publíquese en al Boletín Oficial y archívese.
Urtubey; Mascarello; Simón Padrós


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