VISTO el expediente Nº 11.939-99-8 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario actualizar el "MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA" y su implementación inmediata, las que se inscriben dentro de las Políticas Sustantivas de este Ministerio, orientadas a la vigilancia para el control y la prevención de las enfermedades transmisibles y no transmisibles de notificación obligatoria.
Que a fin de dar cumplimiento a la mencionada tarea fueron convocados profesionales de distintos organismos del ámbito oficial, autoridades científicas y expertos nacionales e internacionales para revisar, actualizar y redactar las "NORMAS DE VIGILANCIA", consensuadas en la I REUNION DE CONSENSO DE NORMAS DE VIGILANCIA llevada a cabo en el ámbito de este Ministerio de Salud, los días 19, 20 y 21 de mayo de 1999.
Que se hace necesario asegurar la implementación del mencionado MANUAL a fin de garantizar la equidad, eficacia y eficiencia en la vigilancia para el control y prevención de enfermedades.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
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