RESOLUCION 634/2016
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (I.N.C.U.C.A.I.)


 
Tabla de Antígenos del Complejo Mayor de Histocompatibilidad.
Del: 27/12/2016; Boletín Oficial: 08/03/2017

VISTO el expediente N° 1-2002-4638000542/15-7 del registro del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), las disposiciones de la Ley N° 24.193 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 512/95; y
CONSIDERANDO
Que en el marco de las normas citadas en el visto este Organismo Nacional debe dirigir las acciones que permitan mantener actualizada las listas de espera de potenciales receptores de órganos y tejidos.
Que a tales fines, cabe señalar que el objetivo principal de la tipificación HLA es poder determinar el grado de compatibilidad antigénica entre receptor/donante, con la finalidad de optimizar la supervivencia del injerto a largo plazo y minimizar las posibles reacciones inmunológicas.
Que la tipificación HLA consiste en la determinación de los alelos del sistema HLA que se expresa en un individuo.
Que los avances científicos en la materia han permitido la identificación de nuevos alelos nomenclados para la tipificación de antígenos clase I, en tanto que la adquisición de nuevos sueros tipificadores ha posibilitado una mejor definición de los citados antígenos.
Que el advenimiento de las técnicas de biología molecular para la determinación de los alelos clase II, significó la identificación de los genes que codifican los antígenos HLA, así como también, una menor discordancia de tipificación.
Que se hace necesaria la aplicación de códigos de identificación inmunológica determinados por serología o biología molecular de mediana o baja resolución, en donantes fallecidos o vivos y potenciales receptores en lista de espera para trasplante.
Que la identificación de nuevos alelos ha generado la necesidad de modificar periódicamente las tablas a medida que estas se publican, por lo que a través de la presente norma se actualiza y simplifica la tabla hasta ahora vigente, incluyendo el locus, el alelo y el antígeno con los cregs correspondientes.
Que para la elaboración de la medida que se propicia ha sido consultado el Comité Asesor de Histocompatibilidad de la Sociedad Argentina de Trasplante.
Que la Dirección de Sistemas ha desarrollado las modificaciones y adecuaciones de los sistemas que permiten incorporar los cambios establecidos en la presente norma.
Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que se actúa en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 44, inciso ñ) de la Ley N° 24.193.
Que el artículo 5° del Reglamento de Funcionamiento del Directorio del INCUCAl, aprobado por Resolución N° 002/06, establece que dicho cuerpo colegiado sólo puede sesionar válidamente con la presencia de por los menos dos de sus integrantes.
Que existe en la actualidad imposibilidad de alcanzar dicho quórum para sesionar, ya que sólo se encuentra en pleno ejercicio de sus funciones la Presidente de este Organismo Nacional.
Que en consecuencia, y hasta la oportunidad en que se designe un nuevo integrante del referido cuerpo, se actúa de conformidad con lo dispuesto por el inciso e) del artículo 47 de la Ley N° 24.193, en cuanto faculta a la Presidente a adoptar todas aquellas medidas que, siendo de competencia del Directorio no admitan dilación, sometiéndolas a consideración del mismo en la primera sesión.
Por ello,
LA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:

Artículo 1°- Apruébese la “TABLA DE ANTIGENOS DEL COMPLEJO MAYOR DE HISTOCOMPATIBILIDAD”, de acuerdo a las modificaciones propuestas internacionalmente, que como ANEXO UNICO forma parte integrante de la presente.
Art. 2°- La tabla aprobada por el artículo precedente será utilizada en la distribución y asignación de aquellos órganos y tejidos en los cuales la tipificación sea un criterio a considerar.
Art. 3°- Dispóngase que la presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el boletín oficial.
Art. 4°- Regístrese. Notifíquese a la Secretaría de Políticas, Regulación e institutos del Ministerio de Salud de la Nación, a la Sociedad Argentina de Trasplantes, a las Sociedades Científicas pertinentes, a las Autoridades Sanitarias Provinciales y Organismos Jurisdiccionales de Ablación e Implante, al Consejo Asesor de Pacientes y a los equipos de trasplante que corresponda. Comuníquese a las áreas competentes del Instituto. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.
María del Carmen Bacqué

ANEXO
Enlace a la presente resolución incluyendo el texto completo de sus respectivos anexos desde aquí.

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