RESOLUCION 252/2017
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA


 
Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos. Adhiere a disposición 10564/16.
Del: 09/02/2017; Boletín Oficial: 24/02/2017

VISTO: El Expediente N° 6200-6/17, caratulado “6200-MSP-SUBSECRETARIA DE PREVENCION DE ADICCCIONES Y CONTROL DE DROGAS S/DIRECCION DE FCIA. S/ADHESIÓN PCIAL. DE LA DISPOSICIÓN Nº 10564/16 (ANMAT) CONT. AR/9° SOL/COPIA RESOLUC. 435/11 DE NACION.-”, registro de la Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Control de Drogas, dependiente de este Ministerio, y;
CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 2 la profesional farmacéutica responsable del Departamento de Normatización, Control y Fiscalización Farmacéutica, dependiente de la Dirección de Farmacia de la Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Control de Drogas de este Ministerio, señalada la necesidad de la adhesión provincial a la Disposición N° 10.564/16, emanada de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) - Ministerio de Salud de la Nación, que en fotocopia luce a fs, 3/28, en el marco del “Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos” e invitación a ella, según el Art. 9º, de la presente normativa;
QUE, así también, motiva la propuesta en el hecho que dicha normativa sustituye los listados de productos que figuran como anexo de las Disposiciones detalladas como Anexo I de las Disposiciones Nros. 1831/12, 247/13 y 963/15, e incluye 49 productos nuevos a ser trazados;
QUE, con la adhesión provincial permitirá cumplir en un todo con los requerimientos y exigencias técnicas previstos en las Disposiciones respectivas emanadas por la A.N.M.A.T. entre ellas, N°s. 3683/11 , 1831/12, 247/13 y 963/15;
QUE, de esta manera contribuirá a optimizar el control de las farmacias que expenden este tipo de medicamentos, que se encuentra bajo la órbita de la Provincia, obstaculizará su comercialización irregular y su disponibilidad para el consumo en la modalidad establecida por la normativa en la materia;
QUE, no existen observaciones algunas que formular al respecto, por lo que resulta procedente instrumentar la adhesión provincial a la Disposición citada ut supra de la A.N.M.A.T;
POR ELLO:
EL MINISTRO SECRETARIO DE SALUD PUBLICA
RESUELVE:

Artículo 1°.- ADHIERASE, en todos sus términos y alcances, a la Disposición N° 10564/16 de fecha 22 de Septiembre de 2016, emanada de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.).
Art. 2°.- REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y REMITASE copia a la ANMAT, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
Villalba


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