DECRETO 65/2017
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ


 
Nueva Estructura Organizativa del Ministerio de Salud y Ambiente.
Del: 01/02/2017; Boletín Oficial: 09/02/2017

VISTO:
El Expediente MSA-Nº 967.461/16, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1231/16, se promulgó la Ley N° 3480 Orgánica de Ministerios haciéndose necesario aprobar las nuevas estructuras organizativas que sustentarán la labor de los Ministerios acorde a las Misiones y Funciones competentes;
Que conforme a la nueva normativa y a través del Decreto N° 2050/16 se aprobó las nuevas Estructuras Organizativas hasta Nivel Subsecretarías;
Que en tal sentido es necesario dar cumplimiento en el Artículo 3º de dicha norma, aprobando las nuevas Estructuras Organizativas complementarias en los Niveles de Dirección Provincial, Dirección General, Dirección, Departamento y División;
Que a los fines de reordenar la labor de los distintos estamentos provinciales, se procede, después de un exhaustivo análisis, a reducir la estructura orgánica vigente, lo que deriva en la eliminación de treinta y dos (32) cargos, equivalente al 21,62% del total actual;
Por ello y atento al Dictamen DPAL-Nº 136/17, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Legales, obrante a fojas 131;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º.- APRUEBASE a partir del día 1º de febrero del año 2017, la nueva Estructura Organizativa del Ministerio de Salud y Ambiente, en los Niveles de Dirección Provincial, Dirección General, Dirección, Departamento y División, de acuerdo con las Misiones, Funciones y Organigramas que como ANEXOS I, II, III, IV, V y VI forman parte integrante del presente y de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.-
Art. 2°.- DEROGASE toda norma legal que se oponga a la presente para los niveles indicados en el artículo anterior.-
Art. 3°.- FACULTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender los gastos que demandan la presente erogación en el Ejercicio 2017.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Salud y Ambiente.-
Art. 5º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Subsecretaría de la Función Pública del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-
Kirchner; María Rocío García

ANEXO
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