LEY 8933
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhesión de la Provincia de Mendoza a la Ley Nacional N° 27.234, "Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género".
Sanción: 23/11/2016; Promulgación: 06/12/2016; Boletín Oficial 14/12/2016.

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Adhiérase la Provincia de Mendoza a la Ley Nacional N° 27.234 cuyo objeto es "Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género".
Art. 2°.- La autoridad de aplicación será la Dirección General de Escuelas (D.G.E.), quien trabajará coordinadamente con distintas instituciones especializadas en el tema violencia de género.
Art. 3°.- Facúltese al Poder Ejecutivo para que a través de la D.G.E. realice convenios con las instituciones mencionadas en el Artículo 2, a fin de recibir asesoramiento y/o capacitación afín a los objetivos de la presente Ley.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
Laura Montero; Vicegobernadora Presidenta H. Senado.
Diego Mariano Seoane; Secretario Legislativo H. Cámara de Senadores.
Néstor Parés; Presidente H. Cámara de Diputados.
Andrés Fernando Grau; Secretario Habilitado H. Cámara de Diputados.


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